RAWSON, 20 SEP 2023
VISTO:
El Expediente N° 0603-M.D.S.F.M.J.-2023; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la mensualización de la Licenciada Arantxa Soledad ALONSO, en el cargo Asistente Social “B” - Código 4- 015 - Agrupamiento Personal Profesional - Clase II - Planta Temporaria de la Ley I- 74, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023;
Que la Dirección General de Personal y Recursos Humanos informa que la licenciada Arantxa Soledad ALONSO, reúne los requisitos exigidos para desempeñarse en el cargo y que el mismo se encuentra vacante;
Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente trámite;
Que el presente trámite se encuadra en lo prescripto por el artículo 103 inciso c de la ley 1-74, y el artículo 155 inciso 3 de la Constitución de la Provincia del Chubut;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Mensualizar a la Licenciada Arantxa Soledad ALONSO (D.N.I N° 37.148.104 - Clase 1994), en el cargo Asistente Social “B” Código 4-015 - Agrupamiento Personal Profesional - Clase II - Planta Temporaria de la Ley I N° 74, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023, en virtud de lo expuesto en los considerandos que anteceden.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Programa 2 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia Ejercicio 2023.
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO N° 1122