RAWSON,20 SEP 2023
VISTO:
El Expediente N° 1727-EC-2023 y;
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la transferencia a Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta, de las sumas correspondientes a la modificación presupuestaria N° 31494 aprobada por Ley II N° 289 y distribuida por Decreto N° 1014/2023 por la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($ 630.952.000);
Que por Nota N° 597/2023-(P)CHDSEM obrante a fojas 2/3 el Sr. Presidente de Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta solicita el incremento de la partida presupuestaria mencionado en el anterior considerando, detallando su destino e informando la proyección de egresos del organismo hasta finalizar el ejercicio 2023;
Que por Nota N° 676/2023-AOTySD-EC obrante a fojas 21 el Área de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público informa el detalle de los libramientos solicitados por Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta;
Que a fojas 20 corre agregada la afectación preventiva correspondiente;
Que por Ley VI N° 18 se creó Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta, y se la designó autoridad de aplicación y fiscalización de toda la actividad deportiva y física que se realice en la provincia con competencia en todo lo inherente a las atribuciones, poder de policía, derechos y actividades vinculadas con la promoción, asistencia, fiscalización y ejecución de planes vinculados con las actividades deportivas y recreativas en todas sus expresiones;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: AUTORICESE a la Dirección de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público a transferir a Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta, la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($ 630.952.000) correspondiente a la modificación presupuestaria N° 31494 aprobada por Ley II N° 289 y distribuida por Decreto N° 1014/2023 de acuerdo al siguiente detalle: Cuota N° 1 en el mes de septiembre por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCO ($285.294.105), Cuota N° 2 en el mes de octubre por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS ONCE ($138.922.211), Cuota N° 3 en el mes de noviembre por la suma de PESOS CIENTO NUEVE MILLONES QUINIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE ($109.502.437), Cuota N° 4 en el mes de diciembre por la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE ($97.233.247).
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será Impu-tado en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del
Tesoro, Programa 94, Actividad 6 - Aportes a Sociedades del Estado, en la Partida 5.19., Fuente de Financiamiento 1.11, Ejercicio 2023.
Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1119