RAWSON, 03 OCT 2023
VISTO:
El expediente N° 442/19 JP; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto se propone la reubicación jerárquica del Cabo Primero JUAREZ, Carlos Ariel al grado de Oficial Ayudante en la Agrupación Servicios - Escalafón Técnico de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad;
Que la Plana Mayor Policial mediante ActaN0 4/19 hizo lugar al pedido de reubicación solicitado;
Que la reubicación jerárquica solicitada se encuentra contemplada en los artículos 20° y 45° de la Ley XIX N° 8;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración de Policía - Actividad 1 - Conducción y Administración de Policía. Ejercicio 2023;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Letrada de la Institución Policial;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: Reubicase a partir de la fecha del presente decreto en la Jerarquía de Oficial Ayudante en la Agrupación Servicios - Escalafón Técnico al Cabo Primero JUAREZ, Carlos Ariel ( D.N.I. N° 22.513.952 - Clase 1972), de la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración de Policía - Actividad 1 - Conducción y Administración de Policía. Ejercicio 2023.-
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1203