RAWSON, 03 OCT 2023
VISTO:
El Expediente N° 368 - SCTIPyC - 23; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se tramita otorgar un subsidio a favor de la Biblioteca Popular Ricardo Jones Berwyn, por la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL CON 00/100 CENTAVOS ($2.907.000,00.-), el cual será destinado a solventar los gastos que demandó la realización de la “39° Feria Provincial del Libro de Chubut y 19° Feria Patagónica del Libro: Libros, caminos y días dan al hombre sabiduría”, que se realizó en la localidad de Gaiman, desde el 8 al 11 de junio de 2023;
Que el proyecto denominado “39° Feria Provincial del Libro de Chubut y 19° Feria Patagónica del Libro: Libros, caminos y días dan al hombre sabiduría”, realizado por la Biblioteca Popular Ricardo Jones Berwyn, es financiado a través de los fondos aportados por el Consejo Federal de Inversiones CFI, siendo aprobado mediante la Resolución N° 308/23 del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, obrante en los presentes actuados;
Que la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura promueve el desarrollo cultural integral, equitativo y justo entre los habitantes de la Provincia, e incentiva y apoya a las bibliotecas populares en su labor de centros culturales y puntos de información ciudadana gratuitos;
Que el Gobierno Provincial a través de estos eventos apuesta a poner en valor las industrias culturales regionales, promoviendo los talentos literarios y artísticos y a quienes accionan directamente en nuestro acervo cultural;
Que, la Presidenta de la Biblioteca Popular Ricardo Jones Berwyn, Señora Noemí Gladys Landaeta, DNI N° 14.540.311 y la Tesorera, Señora María Teresa Gazcón, DNI N° 13.720.651, serán las responsables de la administración y rendición del aporte económico solicitado;
Que el Tribunal de Cuentas de la Provincia informó que la Biblioteca Popular Ricardo Jones Berwyn no posee subsidios pendientes de rendición;
Que en el Expediente citado surge la imputación preventiva del aporte económico realizada por la Dirección General de Administración, dependiente de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se hallan cumplidos los requisitos establecidos en el Decreto N°1304/78, Modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04, razón por la cual no existen impedimentos para otorgar el mencionado aporte económico;
Que la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura ha intervenido en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- OTORGAR un aporte económico por la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL 00/100 CENTAVOS ($2.907.000,00.-) a favor de la Biblioteca Popular Ricardo Jones Berwyn, CUIT N° 30-67052040-0, en la persona de la Presidenta Señora Noemí Gladys Landaeta, DNI N° 14.540.311 y la Tesorera Señora María Teresa Gazcón, DNI N° 13.720.651 responsables de administrar los fondos, destinado a solventar los gastos que demandó la realización de la “39° Feria Provincial del Libro de Chubut y 19° Feria Patagónica del Libro: Libros, caminos y días dan al hombre sabiduría”, que se realizó en la localidad de Gaiman, desde el 8 al 11 de junio de 2023.-
Artículo 2°.- El aporte económico otorgado deberá ser invertido dentro del plazo de treinta (30) días desde su recepción y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia según lo estipulado en el Inc. 5° Artículo 1° del Decreto N° 1304/78.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL CON 00/100 CENTAVOS ($2.907.000,00.-) y será imputado en la Jurisdicción 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Programa 28 - Acción Cultural - Actividad 2 - Promoción y Desarrollo de la Producción Cultural - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 7 - Fuente de Financiamiento 5.03 - Ejercicio 2023.-
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1202