RAWSON, 0 3 OCT 2023
VISTO:
El expediente N° 2819/2023 STR; y,
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la solicitud efectuada- por el Intendente Municipal de El Maitén, señor Oscar Rubén Currilen, de un subsidio para la adquisición de un sistema de riego que se destinará al mejoramiento del centro productivo de desarrollo de la localidad;
Que a fojas 01, el Secretario de Trabajo autorizó lo solicitado por un importe total de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS UNO CON CINCUENTA CENTAVOS ($18.384.901,50) conforme los presupuestos de fojas 02 y 03;
Que los titulares de las jurisdicciones se encuentran facultados a otorgar subsidios hasta la suma equivalente a veinticuatro (24) módulos, conforme lo establece el Decreto N° 2424/04;
Que en virtud del monto objeto del subsidio, y de acuerdo a lo dispuesto por normativa vigente, corresponde que este sea perfeccionado mediante acto administrativo del Poder Ejecutivo de la Provincia del Chubut;
Que el presente trámite se realiza conforme lo prescripto por el artículo 37° de la Ley X N° 15, y Decreto N° 1304/78 y modificatorios;
Que ha tomado debida intervención la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Trabajo;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: OTORGAR a la Municipalidad de El Maitén (CUIT N° 30-67033515-8) representada por su Intendente Municipal, señor Oscar Rubén Currílen (DNI N° 12.194.137) la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS UNO CON CINCUENTA CENTAVOS ($18.384.901,50) en concepto de subsidio, para la adquisición de un sistema de riego que se destinará al mejoramiento del centro productivo de desarrollo de la localidad, de conformidad con lo expuesto en los considerandos que anteceden.
Artículo 2°: De acuerdo a lo prescripto por el Decreto N° 1304/78, se fija un plazo de treinta (30) días para la utilización de los fondos en el objeto para el cual fueran asignados y sesenta (60) días para su rendición por ante el Tribunal de Cuentas Provincial.
Artículo 3°: Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depósito en la cuenta N° 203443-007 del Banco del Chubut S.A., a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Artículo 4°: El gasto que demande el,cumplimiento del presente decreto, asciende a la suma total de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS UNO CON CINCUENTA CENTAVOS ($18.384.901,50) y será imputado en la Jurisdicción 15 - SAF 15 - Secretaría de Trabajo- Programa 01- Conducción de la Secretaría de Trabajo/ 00/ 00/ A01/ 5- Transferencías/ 7- Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes/ 6- Aportes a gobiernos municipales/ 01- Fuente de Financiamiento 3.47- Ejercicio 2023.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6° : Regístrese, notifiquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVASE.-
DECRETO N° 1223/2023