RAWSON, 11 OCT 2023
VISTO:
El Expediente N° 3279-MGyJ-23; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto, tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO DEFENSORES DE BELGRANO” de la ciudad de Comodoro Rivadavia;
Que el subsidio mencionado será destinado a la instalación de gas, agua y sanitarios, además de una (01) cocina industrial y un (01) termotanque para el “Proyecto solidario de ayuda escolar y merendero”, que se llevara a cabo en el sum del club;
Que el monto total del subsidio asciende a la suma de PESOS UN MILLON SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 1.075.865.-);
Que “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO DEFENSORES DE BELGRANO” (C.U.I.T. N° 30-71560176-8) es una institución que cuenta con personería jurídica registrada y vigente, bajo el N° 4053, y no posee subsidios pendientes de rendición según lo informado por el Tribunal de Cuentas mediante Nota N° 2100/23 F.13 adjunta en fojas 27;
Que el Presidente de la institución el señor MALDONADO BARRIENTOS Juan Heriberto, D.N.I. N° 18.743.697 y su Tesorero el señor BUSTAMANTE VARGAS Jorge Guillermo D.N.I. N° 18.706.688, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados;
Que el presente trámite se encuadra en el Artículo 1°Inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y N° 18/03;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención en el presente trámite;
POR ELLO;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Otórgase un subsidio a favor de “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO DEFENSORES DE BELGRANO” (C.U.I.T. N° 30-71560176-8) destinado a la instalación de gas, agua y sanitarios, además de una (01) cocina industrial y un (01) termotanque para el “Proyecto solidario de ayuda escolar y merendero”, que se llevara a cabo en el sum del club, por la suma total de PESOS UN MILLON SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 1.075.865.-), en virtud de lo expuesto en los Considerandos precedentes.-
Artículo 2°.- El Presidente de la institución, el señor MALDONADO BARRIENTOS Juan Heriberto, D.N.I N° 18.743.697 y su Tesorero el señor BUSTAMANTE VARGAS Jorge Guillermo D.N.I N° 18.706.688, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados.-
Artículo 3°.- Los importes otorgados a través del presente subsidio deberán ser invertidos dentro de los ciento veinte (120) días de recepcionados y rendidos ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión.
Artículo 4°.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depositados en la cuenta N° 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 20:‘Ministerio de Gobierno y Justicia/ SAF 20- Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica 11999: ámbito provincial /Programa: 01- Conducción Ministerio de Gobierno y Justicia/ Actividad: 01- Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia / Inciso: 05/ Partida Principal: 01 / Partida Parcial: 08-Transferencias Asociaciones Civiles y Cooperativas, por un importe de PESOS UN MILLON SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 1.075.865.-) a favor del CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO DEFENSORES DE BELGRANO (C.U.I.T. N° 30-71560176-8) / Fuente de Financiamiento: 1.11/ Rentas Generales / Ejercicio 2023.-
Artículo 6°.- El presente Decreto, será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 7°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido archívese.-
DECRETO N° 1266