RAWSON, 11 OCT 2023
VISTO:
El Expediente N° 175-SGPyME-2023; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados, modificada por la Ley II N° 289 para el ejercicio 2023;
Que por el Expediente N° 175-SGPyME-2023, la Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado, solicita crédito presupuestario a fines de posibilitar la contratación directa para la adquisición de impresoras láser de acuerdo a lo comunicado a fojas 02, no contando con crédito presupuestario para afrontar tal erogación por lo que, a efectos de gestionar dicho pedido y luego de analizar la disponibilidad presupuestaria por parte de la Dirección General de Presupuesto y Finanzas, se realiza la compensación de créditos del S.A.F. 50 al S.A.F. 26, en la Fuente de Financiamiento 1.11;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a).2 y 4 de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones y el Cálculo de Recursos de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023 en la Jurisdicción 50, S.A.F. 50 - SAF Ministerio de Educación y en la Jurisdicción 26, S.A.F. 26 - SAF Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1274
Planilla Anexa N° 1
Modificación Presupuestaria N° 32026
Compensación Interjurisdlccional - Ejercicio 2023
Gastos: 1.50.050 Ministerio de Educación
Gastos: 1.26.026 Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado
Partida Monto
1. Origen: Ministerio de Educación
24.00.00.A01.5.1.5.01.1.11
AO: Educación Privada - FinFun: 3.4.1 - C.Eco : 2.1 ....$-15.337.000,00
Total: .... $-15.337.000,00
2. Destino: Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado
01.00.00.A01.4.3.6.01.1.11
AO: Conducción de la Secretaría de Gestión Pública y
Modernización del Estado - FinFun: 1.3.1 - C.Eco : 2.2 .... $ 15.337.000,00
Total: ....$ 15.337.000,00