RAWSON, 17 OCT 2023

VISTO:

El Expediente N° 1135-SGG-2023; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se propone incorporar en la Planta Temporaria Ley I N° 74 al señor Pablo Daniel MUÑOZ en el cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, en el Plantel Básico de la Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023;
Que el agente Pablo Daniel MUÑOZ continuará desempeñándose como Presidente de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIC), cargo en el que fuera designado oportunamente mediante Decreto N° 473/20, razón por la cual se deberá abonar la diferencia salarial entre su cargo de revista y el cargo a subrogar, en la medida que desempeñe sus funciones, por aplicación del artículo 105° de la Ley I N° 74, reglamentado por el Decreto N° 1330/81;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado en la Jurisdicción: 10 - Secretaría General de Gobierno - S.A.F.: 10 Programa 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad: 4 - Administración de Personal - Ejercicio 2023;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Incorporar en la Planta Temporaria Ley I N° 74 al señor Pablo Daniel MUÑOZ (DNI N° 27.525.945 - Clase 1979) en el cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, en el Plantel Básico de la Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Artículo 2°.- El agente Pablo Daniel MUÑOZ (DNI N° 27.525.945 - Clase 1979) continuará desempeñándose como Presidente de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIC), cargo en el que fuera designado oportunamente mediante Decreto N° 473/20, razón por la cual se deberá abonar la diferencia salarial entre su cargo de revista y el cargo a subrogar, en la medida que desempeñe sus funciones, por aplicación del artículo 105° de la Ley I N° 74, reglamentado por el Decreto N° 1330/81.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado en la Jurisdicción: 10 - Secretaría General de Gobierno - S.A.F.: 10 Programa: 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad: 4 - Administración de Personal - Ejercicio 2023.
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 5°.- Regístrese , comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido,
ARCHÍVESE.

DECRETO N° 1287/2023