LEY XI N° 79
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°.- Apruébase en todos sus términos el "Convenio entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, de la Provincia del Chubut y el Municipio de Puerto Madryn - Creación y Gobemanza del Ecocentro Pampa Azul”, suscripto el día 14 de diciembre de 2021, entre la Provincia del Chubut, representada por el Ese. Mariano Ezequiel ARCIONI en su carácter de Gobernador; el Estado Nacional, representado por el Lic. Daniel Femando FILMUS en su carácter de Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación y la Municipalidad de Puerto Madryn, representada por el Sr. Gustavo Rafael SASTRE en su carácter de Intendente; el que se encuentra protocolizado al Tomo 2, Folio 67 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, el día 4 de mayo de 2022, que como anexo A integra la presente Ley.
Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS.
Anexo A ver en la LEY Original.
RAWSON, 06 OCT 2023
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a la aprobación en todos sus términos del “Convenio entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, la Provincia del Chubut y el Municipio de Puerto Madryn” sobre la creación y gobernanza del Ecocentro Pampa Azul, suscripto el día 14 de diciembre de 2021 entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación, la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Puerto Madryn, protocolizado al Tomo 2, Folio 067, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, el día 4 de mayo de 2022; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 21 de septiembre de 2023, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: XI N° 7 9
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO N° 1242/2023