RAWSON, 25 OCT 2023
VISTO:
El expediente N° 1312-MIEP/IPV-2023; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados, modificada por la Ley II N° 289 para el ejercicio 2023;
Que por el Expediente N° 1312-MIEP/IPV-2023, el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano solicita crédito presupuestario para gastos de funcionamiento por lo que, luego de analizar la disponibilidad presupuestaria por la Dirección General de Presupuesto y Finanzas, se realiza la compensación de créditos del S.A.F. 50 al S.A.F. 302, en las Fuentes de Financiamiento 1.11 y 2.11, a efectos de gestionar dicho pedido;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a), puntos 2 y 4 de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y las modificaciones de los apartados 1, 2 y 3 siempre y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento,.
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 302 - SAF Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, en la Jurisdicción 50, S.A.F. 50 - SAF Ministerio de Educación y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 3, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 2°- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría
General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1324
Planilla Anexa N° 1
Modificación Presupuestaria N° 32028
Compensación Interjurisdiccional - Ejercicio 2023
Gastos: 1.50.050 Ministerio de Educación
Gastos: 1.91.091 Obligaciones a Cargo del Tesoro
Partida
1. Origen: Ministerio de Educación
24.00.00.A01.5.1.5.01.1.11
AO: Educación Privada - FinFun: 3.4.1 - C.Eco : 2.1
Monto
.... $-20.000.000,00
Total: ....$-20.000,000,00
2. Destino: Obligaciones a Cargo del Tesoro
99.00.00.A02.9.1.2.01.1.11
AO: Contribuciones al IPVyDU (2.08.302) - FinFun: 9.9.0 - C.Eco
: 2.1 ....$ 20.000.000,00
Total: .... $ 20.000.000,00
Planilla Anexa N° 2
Modificación Presupuestaria N° 32029
Incremento - Ejercicio 2023
Recursos: 2.08.302 Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano
Gastos: 2.08.302 Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano
Partida Monto
1. Recursos: instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano
41.1.1.01.2.11
AO: Contribuciones de la Administración Central para Financiaciones Corrientes - FinFun: - C.Eco : 1.1 .... $ 20.000.000,00
Total: .... $ 20.000.000,00
2. Gastos: Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano
01.00.00.A01.2.1.1.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $ 3.000.000,00
01.00.00.A01.2.1.5.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $ 300.000,00
01.00.00.A01.2.3.1.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $ 3.070.000,00
01.00.00.A01.2.3.5.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $300.000,00
01.00.00.A01.2.4.4.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 — $ 600.000,00
01.00.00.A01.2.9.1.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 ' $2.400.000,00
01.00.00.A01.2.9.6.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 —$ 1,800.000,00
01.00.00.A01.3.1.3.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $ 480.000,00
01.00.00.A01.3.2.2.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $650.000,00
01.00.00.A01.3.3.1.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $ 450.000,00
01.00.00.A01.3.6.1.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $450.000,00
01.00.00.A01.3.8.4.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $ 3.200.000,00
01.00.00.A01.3.9.1.01.2.11
AO: Conducción - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $450.000,00
01.00.00.A02.3.7.9.01.2.11
AO: Administración y Personal - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $ 1.200.000,00
01.00.00.A03.3.7.9.01.2.11
AO: Evaluación Social y Cobranzas - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $ 300.000,00
01.00.00.A05.3.7.2.01.2.11
Planilla Anexa N° 3
AO: Planificación Integral del Habitat - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.1 $ 300.000,00
01.00.00.A06.2.5.6.01.2.11
AO: Ejecución del Desarrollo Integral del Habitat - FinFun: 3.7.1 -
C.Eco: 2.1 --$ 300.000,00
01.00.00.A06.3.4.9.01.2.11
AO: Ejecución del Desarrollo Integral del Habitat - FinFun: 3.7.1 -
C.Eco: 2.1 - $ 300.000,00
01.00.00.A06.3.7.9.01.2.11
AO: Ejecución del Desarrollo Integral del Habitat - FinFun: 3.7.1 -
C.Eco: 2.1 $450.000,00
Total: .... $ 20.000.000,00