RAWSON , 2 2 NOV 2023

VISTO:

El Expediente N° 1551/2020-MAGIyC, el Decreto N° 1239/06, la Disposición N° 9/17- DI- MP; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto, se tramita la aprobación del proyecto y adjudicación en venta a la señora MIRTA NOEMI MARTIN, CUIT N° 27-13087295-1, del lote identificado como: Ejido 28, Circunscripción 2, Sector 1, Fracción 50 con una superficie de OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (8.330,66 m2), en la Zona de Industrias Conexas al Aluminio de Puerto Madryn, para la radicación de una base de operaciones destinada al servicio de asistencia mecánica y traslado de vehículos;
Que mediante Disposición N° 9/17-DI-MP, se reservó a favor de la señora MIRTA NOEMI MARTIN una superficie de OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (8.330 m2) en la Zona de Industrias Conexas al Aluminio de Puerto Madryn, a los efectos de presentar el proyecto precedentemente descrito;
Que a fojas 30 y 114 obran comprobantes de depósitos, cuyas sumas expresadas equivalen al CINCO POR CIENTO (5%) del valor actual del terreno;
Que a fojas 54 obra mensura de deslinde y fraccionamiento cursada por Expediente P-875- 17, Plano N° 33667, de la que surge que el lote es identificado actualmente como: Ejido 28, Circunscripción 2, Sector 1, Fracción 50, con una superficie de OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS' DECIMETROS CUADRADOS (8.330,66 m2);
Que a fojas 83/84 obra Resolución N° 1083/18-SEyPA de la Secretaría de Ecología y Protección Ambiental de la Municipalidad de Puerto Madryn, mediante la cual se aprueba el proyecto denominado “CONSTRUCCION DE GALPON - BASE OPERATIVA. REMOLQUES COLON PUERTO MADRYN CHUBUT”, y a fojas 113 mediante Disposición N° 89/21-SGAyDS, la Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable, dependiente del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, confirmó la aprobación de la declaración ambiental del proyecto;
Que a fojas 95/96 obra Informe Técnico N° 12/2021 del Departamento de Formulación de Proyectos, indicando que el proyecto es técnicamente viable;
Que a fojas 113 obra Nota N° 05/2021 de la Dirección de Herramientas Financieras, concluyendo que el proyecto es factible económicamente;
Que mediante Dictamen N° 146/2021-DGAL, ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio;
Que se ha expedido la Fiscalía de Estado mediante Dictamen N° 016-22-FE;
Que el presente trámite se encuadra en las leyes IX N° 4, IX N° 6 y el Decreto N° 1239/06;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- APRUÉBESE el proyecto presentado por la señora MIRTA NOEMI MARTIN,
CUIT N° 27-13087295-1, con domicilio en calle Colón N° 548 de la ciudad de Puerto Madryn, destinado a la radicación de una base operativa para el servicio de remolques, auxilio mecánico y logística de cargas.-
Artículo 2°.- ADJUDIQUESE en venta a favor de la señora MIRTA NOEMI MARTIN, CUIT N° 27-13087295-1, el lote identificado como: Ejido 28, Circunscripción 2, Sector 1, Fracción 50 con una superficie de OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (8.330,66 m2) en la Zona de Industrias Conexas al Aluminio de Puerto Madryn.-
Artículo 3°.- La señora MIRTA NOEMI MARTIN, deberá depositar en la cuenta N°203443 del Banco del Chubut, Sucursal 21-Rawson, CUIL N° 33-70958486-9, C.B.U. N° 0830021807002034430076, de la Tesorería General de la Provincia, dentro de los TREINTA (30) días de emitido el presente Decreto, la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CATORCE CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($58.314,62.-) que sumado a la reserva ya ingresada de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 62/100 ($58.314,62.-), significa el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total vigente del predio que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CUARENTA CENTAVOS ($1.166.292,40.-). Dicho ingreso significará la total conformidad y aceptación de las tierras adjudicadas en venta, como así también las obligaciones que emanan del Decreto N° 1239/06 y de las demás reglamentaciones que rigen la instalación y funcionamiento de empresas dentro de parques y áreas industriales. El pago del saldo restante equivalente a UN MILLÓN CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES CON DIECISEIS CENTAVOS ($1.049.663,16.-) podrá efectuarse de contado o en CUATRO (4) CUOTAS trimestrales de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($262.415,79.-) contadas a partir del pago complementario. Cada una de ellas vencerá automáticamente a los QUINCE (15) DÍAS de finalizado el trimestre. La mora hará exigible la cancelación total de las tierras adjudicadas.-
Artículo 4°.- La Autoridad de Aplicación verificará con la Tesorería General de la Provincia el pago total del inmueble y emitirá el acto administrativo de cancelación, a efectos de que la adjudicataria inicie los trámites para perfeccionar la escritura traslativa de dominio ante la Escribanía General de Gobierno, que contendrá expresa mención de las restricciones al dominio.-
Artículo 5°.- Notifíquese a la señora MIRTA NOEMI MARTIN, que cualquier modificación en el proyecto deberá contar con autorización previa y expresa del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio.-
Artículo 6°.- Notifíquese a la señora MIRTA NOEMI MARTIN, que contará con un plazo de seis (6) meses, contados en días corridos y desde la fecha de notificación del acto administrativo para dar inicio a la instalación del proyecto. La efectiva puesta en marcha de la actividad deberá realizarse en el plazo de dieciocho (18) meses contados a partir del vencimiento del plazo otorgado para el inicio de la instalación.-
Artículo 7°.- La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, una vez cumplimentados todos los requisitos legales. Con expresa mención de las restricciones y límites al dominio contemplados por Decreto N° 1239/06, y/o cualquier otra norma que a futuro presida.-
Artículo 8°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y Gobierno y Justicia.-.
Artículo 9°.- REGÍSTRESE comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO N° 1442/2023