RAWSON, 22 NOV 2023

VISTO:

El Expediente N°329/2023 - MAGIyC; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la modificación del detalle analítico de la planta presupuestaria del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio;
Que es necesario modificar el detalle analítico de la planta presupuestaria en la Jurisdicción: 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio SAF: 67 Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Actividad: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio; Programa: 17 - Desarrollo Actividades Comerciales e Industriales - Actividad: 2 - Promoción Industrial; de las Inversiones y del Comercio; Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad: 1 - Conducción de Agricultura; Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad: 2 - Agricultura, Forrajes y Horticultura; Programa: 18-Conducción de Agricultura-Actividad: 4 - Sanidad Vegetal - Fiscalización; Programa: 19 - Subsecretaría de Ganadería - Actividad: 3 - Fauna y Flora Silvestre; Programa: 25 - Comercio Exterior-Actividad: 1 - Comercio Exterior; Programa: 26 - Promoción de las Inversiones - Actividad: 1 - Promoción de las Inversiones, de acuerdo al Anexo A (Hojas N° 1 a 8) que forma parte integrante del presente decreto, a partir de la fecha del presente decreto;
Que por disposición del señor Gobernador de la Provincia se efectuó el pase a Planta Permanente de los agentes comprendidos en la Ley I N° 74, dictado mediante Decreto N° 383/23, que promovió la adecuación de los planteles básicos de las distintas dependencias de la Administración Pública;
Que la adecuación presupuestaria y la modificación del detalle analítico se corresponden con el Artículo 5o del Decreto N° 383/23, Anexo E (Hojas N° 1 a 17);
Que en atención a los Considerando que anteceden, resulta necesario que en el Programa: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio -Actividad: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, se eliminen, seis (6) cargos Ordenanza “B” Código 1-017 - Nivel VI - Categoría 2, cuatro (4) cargos Ordenanza “A" - Código 1-016- Nivel V-Categoría 3, Agrupamiento Personal Servicios y Servicios Generales, veintisiete (27) cargos Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV- Categoría 4, dos (2) cargos Auxiliar Administrativo - Código 3-003 Nivel III - categoría 6, un (1) cargo Oficial Administrativo - Código: 3-002 - Nivel II - Categoría 10, dos (2) cargos Oficial Superior Administrativo - Código: 3-001 - Nivel I - Categoría 14, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, un (1) cargo Profesional “C” - Código 4-101 - Nivel III - categoría 11, dos (2) cargos Profesional “B” - Código 4-002 - Nivel II - Categoría 15, del Agrupamiento Personal Profesional, todos de la Planta Temporaria y se incrementen los mismos en la Planta Permanente; en el Programa: 17 - Desarrollo Actividades Comerciales e Industriales - Actividad 2 - Promoción Industrial, de las Inversiones y del Comercio, se eliminen, un (1) cargo Intendente Código 1-011- Nivel I - Categoría 11, Agrupamiento Servicio y Servicios Generales, once (11) cargos Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4, un (1) cargo Instructor Sumariante No Letrado “B” - Código 3-121 - Nivel II - Categoría 10, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, un (1) cargo Profesional “C” - Código 4-101 - Nivel III - Categoría 11,del Agrupamiento Personal Profesional, todos de Planta Temporaria y se incrementen los mismos en la Planta Permanente; en el Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad 1 - Conducción de Agricultura, se eliminen, siete (7) cargos Ayudante Administrativo - Código 3 - 004 - Nivel IV - Categoría 4, dos (2) cargos Auxiliar Administrativo - Cargo 3-003 - Nivel III - Categoría 6, un (1) cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo; dos (2) cargos Veterinario “C” - Código 4-144 - Nivel III - Categoría 11, un (1) cargo Veterinario "B” - Código 4-104 - Nivel II - Categoría 15, Agrupamiento Personal Profesional, todos los cargos de la Planta Temporaria y se incrementen los mismos en la Planta Permanente; en el Programa 18 - Conducción de Agricultura - Actividad 2 - Agricultura, Forrajes y Horticultura, se elimine, un (1) cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, de la Planta Temporaria y se incremente el mismo en la Planta Permanente; Programa 18 - Conducción de Agricultura - Actividad 4 - Sanidad Vegetal - Fiscalización, se eliminen, cinco (5) cargos Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10 - Agrupamiento Técnico Administrativo, de la Planta Temporaria y se incrementen los mismo en la Planta Permanente; en el Programa: 19 - Subsecretaría de Ganadería - Actividad: 3 - Fauna y Flora Silvestre, se eliminen, cuatro (4) cargos Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, un (1) cargo Veterinario “B” - Código 4-143 - Nivel II - Categoría 15, un (1) cargo Investigador Científico “A” - Código 4-096 - Nivel I - Categoría 17, Agrupamiento Personal Profesional, los mismos de la Planta Temporaria y se incrementen en la Planta Permanente; en el Programa: 25- Comercio Exterior-Actividad 1 - Comercio Exterior, se eliminen, un (1) cargo Chofer “A” - Código 1-005 - Nivel III - Categoría 6 - Agrupamiento Servicio y Servicios Generales, Siete (7) cargos Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4, un (1) cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, un (1) cargo Profesional “C” - Código 4-186 - Nivel III - Categoría 11, del Agrupamiento Personal Profesional; de la Planta Temporaria y se incrementen en la Planta Permanente; en el Programa: 26 - Promoción de las inversiones - Actividad 1 - Promoción de las Inversiones, se eliminen , dos (2) cargos Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV- Categoría 4, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, de la Planta Temporaria y se incrementen los mismo en la Planta Permanente, de acuerdo al Anexo A (Hojas N° 1 a 8) que forma parte integrante del presente decreto, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la Jurisdicción: 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio SAF: 67 Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa: 1- Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio-Actividad: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio; Programa: 17 - Desarrollo Actividades Comerciales e Industriales - Actividad: 2 - Promoción Industrial; de las Inversiones y del Comercio; Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad: 1 - Conducción de Agricultura; Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad: 2 Agricultura, Forrajes y Horticultura; Programa: 18-Conducción de Agricultura-Actividad: 4 - Sanidad Vegetal - Fiscalización; Programa: 19 - Subsecretaría de Ganadería- Actividad: 3 - Fauna y Flora Silvestre; Programa: 25 - Comercio Exterior - Actividad: 1 - Comercio Exterior; Programa: 26 - Promoción de las Inversiones - Actividad: 1 - Promoción de las Inversiones - Ejercicio 2023;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar el detalle analítico de la planta presupuestaria en la Jurisdicción:
67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio SAF: 67 Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Actividad: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio; Programa: 17 - Desarrollo Actividades Comerciales e Industriales - Actividad: 2 - Promoción Industrial; de las Inversiones y del Comercio; Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad: 1 - Conducción de Agricultura; Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad: 2 - Agricultura, Forrajes y Horticultura; Programa: 18-Conducción de Agricultura-Actividad: 4 - Sanidad Vegetal - Fiscalización; Programa: 19 - Subsecretaría de Ganadería - Actividad: 3 - Fauna y Flora Silvestre; Programa: 25 - Comercio Exterior-Actividad: 1 - Comercio Exterior; Programa: 26 - Promoción de las Inversiones - Actividad: 1 - Promoción de las Inversiones, de acuerdo al Anexo A (Hoja N° 1 a 8) que forma parte integrante del presente decreto, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 2°.- La modificación del detalle analítico se corresponden con el Artículo 5o del
Decreto N° 383/23, Anexo E (Hojas N° 1 a 17), en el Programa: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Actividad: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, se eliminen, seis (6) cargos Ordenanza “B” Código 1-017 - Nivel VI - Categoría 2, cuatro (4) cargos Ordenanza “A" - Código 1-016 - Nivel V - Categoría 3, Agrupamiento Personal Servicios y Servicios Generales, veintisiete (27) cargos Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4, dos (2) cargos Auxiliar Administrativo - Código 3-003 Nivel III - categoría 6, un (1) cargo Oficial Administrativo - Código: 3-002 - Nivel II - Categoría 10, dos (2) cargos Oficial Superior Administrativo - Código: 3-001 - Nivel I - Categoría 14, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, un (1) cargo Profesional “C” — Código 4- 101 - Nivel III - Categoría 11, dos (2) cargos Profesional “B" - Código 4-002 - Nivel II - Categoría 15, del Agrupamiento Personal Profesional, todos dé la Planta Temporaria y se incrementen los mismos en la Planta Permanente; en el Programa: 17 - Desarrollo Actividades Comerciales e Industriales - Actividad 2-Promoción Industrial, de las Inversiones y del Comercio, se eliminen, un (1) cargo Intendente Código 1-011- Nivel I - Categoría 11, Agrupamiento Servicio y Servicios Generales, once (11) cargos Ayudante Administrativo-Código 3-004 - Nivel IV- Categoría 4, un (1) cargo Instructor Sumariante No Letrado “B” - Código 3-121 - Nivel II - Categoría 10, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, un (1) cargo Profesional “C” - Código 4-101 - Nivel III - Categoría 11, del Agrupamiento Personal Profesional, todos de Planta Temporaria y se incrementen los mismos en la Planta Permanente; en el Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad 1 - Conducción de Agricultura, se eliminen, siete (7) cargos Ayudante Administrativo - Código 3 - 004 - Nivel IV - Categoría 4, dos (2) cargos Auxiliar Administrativo - Cargo 3-003 - Nivel III - Categoría 6, un (1) cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo; dos (2) cargos Veterinario “C” - Código 4-144 - Nivel III - Categoría 11, un (1) cargo Veterinario “B” - Código 4-104 - Nivel II - Categoría 15, Agrupamiento Personal Profesional, todos los cargos de la Planta Temporaria y se incrementen los mismos en la Planta Permanente; en el Programa 18 - Conducción de Agricultura - Actividad 2 - Agricultura, Forrajes y Horticultura, se elimine, un (1) cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, de la Planta Temporaria y se incremente el mismo en la Planta Permanente; Programa 18 - Conducción de Agricultura - Actividad 4 - Sanidad Vegetal - Fiscalización, se eliminen, cinco (5) cargos Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10 - Agrupamiento Técnico Administrativo, de la Planta Temporaria y se incrementen los mismo en la Planta Permanente; en el Programa: 19 - Subsecretaría de Ganadería - Actividad: 3 - Fauna y Flora Silvestre, se eliminen, cuatro (4) cargos Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, un (1) cargo Veterinario “B” - Código 4-143 - Nivel II - Categoría 15, un (1) cargo Investigador Científico “A” - Código 4-096- Nivel I - Categoría 17, Agrupamiento Personal Profesional, los mismos de la Planta Temporaria y se incrementen.en la Planta Permanente; en el Programa: 25 - Comercio Exterior-Actividad 1 - Comercio Exterior, se eliminen, un (1) cargo Chofer “A" - Código 1-005 - Nivel III - Categoría 6 - Agrupamiento Servicio y Servicios Generales, Siete (7) cargos Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV- Categoría 4, un (1) cargo Oficial Administrativo
- Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, un (1) cargo Profesional “C” - Código 4-186 — Nivel III — Categoría 11, del Agrupamiento Personal Profesional; de la Planta Temporaria y se incrementen en la Planta Permanente; en el Programa: 26 - Promoción de las inversiones - Actividad 1 - Promoción de las Inversiones, se eliminen , dos (2) cargos Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV- Categoría 4, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, de la Planta Temporaria y se incrementen los mismo en la Planta Permanente, de acuerdo al Anexo A (Hojas N° 1 a 8) que forma parte integrante del presente decreto, a partir de la fecha del presente decreto;
Artículo 3°,- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado
en la Jurisdicción: 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio SAF: 67 Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Actividad: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio; Programa: 17 - Desarrollo Actividades Comerciales e Industriales - Actividad: 2 - Promoción Industrial; de las Inversiones y del Comercio; Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad: 1 - Conducción de Agricultura; Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad: 2 - Agricultura, Forrajes y Horticultura; Programa: 18 - Conducción de Agricultura - Actividad: 4 - Sanidad Vegetal - Fiscalización; Programa: 19 - Subsecretaría de Ganadería - Actividad: 3 - Fauna y Flora Silvestre; Programa: 25 - Comercio Exterior - Actividad: 1 - Comercio Exterior; Programa: 26 - Promoción de las Inversiones - Actividad: 1 - Promoción de las Inversiones - Ejercicio 2023.-
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, de Economías-Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido,
ARCHIVESE.-

DECRETO N° 1445/2023

Planillas anexas en el decreto original.