RAWSON, 29 DIC 2023
VISTO:
El Expediente N° 778 - SCTIPyC-23 ; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto, se tramita el otorgamiento de subsidios correspondientes a los gastos que demande la realización de las “Fiestas Populares 2024”, a favor de los Municipios, en los cuales se desarrollarán los mencionados eventos, de acuerdo al detalle del Anexo Único que acompaña al presente Decreto;
Que los subsidios serán administrados y rendidos, por los Señores Intendentes de los Municipios, de acuerdo al detalle del Anexo Único que acompaña al presente Decreto;
Que la Subsecretaría de Cultura promueve el apoyo a las Fiestas Populares con el objetivo de estimular y consolidar la actividad cultural en las distintas localidades de nuestra Provincia;
Que parte fundamental necesaria para el desarrollo y el fomento cultural de la Provincia radica en la actividad cotidiana y permanente de nuestros artesanos y hacedores culturales de las distintas expresiones artísticas que encuentran en las Fiestas Populares, un espacio sólido para exponer sus producciones;
Que el Gobierno Provincial entiende que es fundamental alentar estas relaciones culturales y estimular a sus organizadores y a quienes accionan directamente en nuestro acervo cultural porque ello contribuye a revalorar nuestra cultura;
Que es necesario a su vez establecer parámetros en pos de promover y dar eficiencia al desarrollo de los controles administrativos de las rendiciones de los aportes destinados a tal fin;
Que es esencial disponer formalmente el respeto a la normativa vigente, entendiendo que el Estado Provincial debe exigir el cumplimiento de las leyes en todos los ámbitos y fundamentalmente en los que auspicia;
Que obra en los actuados la respectiva designación de las personas responsables de administrar los fondos de subsidios otorgados por el Estado Provincial;
Que en el Expediente citado surge la imputación preventiva de dichos aportes realizada por la Dirección General de Administración, dependiente de la Secretaria de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que los subsidios mencionados deberán ser rendidos ante el Tribunal de Cuentas, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04;
Que el Asesor General de Gobierno ha tomado debida intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- OTORGAR los subsidios correspondientes a los gastos que demande la realización de las Fiestas Populares 2024, a favor de los Municipios, en los cuales se desarrollarán los mencionados eventos, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200,000.000) en las personas que se consignan como responsables de administrar los fondos de acuerdo al detalle del Anexo Único que acompaña al presente Decreto. -
Artículo 2°.- Los subsidios otorgados deberán ser invertidos dentro de los CIENTO VEINTE (120) días a partir de la fecha de recibidos y rendidos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut, dentro de los sesenta (60) días subsiguientes a la inversión con la remisión de copia a la Dirección General de Administración de la Secretaría de Ciencia, Tecnología Innovación Productiva y Cultura. -
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total, de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000), se imputará en la Jurisdicción 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología Innovación Productiva y Cultura - SAF 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología Innovación Productiva y Cultura - Programa 1 - Consducción de la Secretaria de Ciencia, Tecnología Innovación Productiva y Cultura - Actividad 1 - Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Inciso 5- Principal 7- Parcial 6 - Ejercicio 2023- Fuente de Financiamiento 5.03 -
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. -
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. -
DECRETO N° 1691


ANEXO UNICO

Expíe. N° 778/2023-SCTIPyC
Subsidios Fiestas Populares
Municipalidad Responsables DNI Monto Mes del evento
tentativo
28 de julio JONES, Luka
Emmanuel 41,793.333 $5.000.000 Abril
Alto Rio Senguer MONGILARDI,
Miguel Alejandro 23.729.006 $4.000.000 Enero
Camarones LOYOLA, Claudia
Alejandra 28.852.167 $7.000.000 Marzo
Cholila BOUDARGHAM;
Silvio Ubaldo 22.091.002 $21.000.000 Febrero
Dolavon BOWEN, Dante
Martín 33.353.952 $7.000.000 Febrero
El Hoyo SALAMIN, César
Fabián 28.872.252 $14.000.000 Enero

El Maitén CURRILÉN, Oscar
Rubén 12.194.137 $10.000.000 Febrero

Epuyén CONTRERAS, José
Alfredo ' 30.735.038 $18.000.000 Enero
Esquel TACCETTA, Matías
Federico 26.250.195 $10.000.000 Febrero

Gaiman JAMES, Darío
Ernesto 21.557.684 $7.000.000 Enero
Gobernador Costa GÓMEZ, Miguel
Ángel 20.236.496 $7.000.000 Febrero
Gualjaina LIMARIERI, Marcelo
Horacio 23.165.116 $4.000.000 Enero

José de San Martín CALPANCHAY, Rubér
Osvaldo 20.589.575 $4.000.000 Enero

Lago Puelo FERNANDEZ, IVAN
NORBERTO JULIAN 21.387.207 $7.000.000 Febrero
Paso de Indios MÉNDEZ, Héctor
Eduardo 21.021.416 $4.000.000 Marzo



Municipalidad Responsables

Puerto Pirámides PERVERSI, Jorge
Rada Tilly PERALTA, Mariel
Rawson BISS, Damián
Río Mayo LOYOUTE, Gustavo
Río Pico PÉREZ, Santiago
Sarmiento BALOCHI, SEBASTIAN
Tecka SEITUNE, Jorge David
Trelew MERINO, Gerardo
Trevelin INGRAM, Héctor R
DNI Monto Mes del evento tentativo
13.735.074 $7.000.000 Septiembre
26.581.623 $7.000.000 Julio
27.604.787 $15.000.000 Enero
28.021.326 $4.000.000 Enero
23.298.466 $4.000.000 Marzo
26.065.234 $7.000.000 Febrero
10.147.500 $4.000.000 Febrero
25.710.148 $20.000.000 Febrero
22.525.081 $3.000.000 Enero