RAWSON, 05 FEB 2024


VISTO:

El Expediente N° 46/24-STR; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita reconocer los servicios prestados y abonar la diferencia salarial a los agentes que se detalla en Anexo I (Hoja 1 y 2) por los periodos allí consignados, y que fueran designados en sus cargos por Decreto N° 1680/23 y N° 09/24 STR;
Que corresponde abonar a los agentes detallados en Anexo I la diferencia salarial entre sus cargos de revista y el cargo designado en la Secretaria de Trabajo, conforme lo dispuesto en el artículo 105° de la Ley I N° 74 y su reglamentación ;
Que el gasto que demande el presente trámite será imputado en Jurisdicción: 15- Secretaría de Trabajo - SAF: 15 - Secretaría de Trabajo - Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Trabajo, - Actividad 1 - Conducción de la Secretaria de Trabajo - Actividad 2 - Defensa del Consumidor - Programa 17- Programa de Asistencia Laboral - Actividad 1 - Conducción Programa de Asistencia Laboral - Programa 18 Promoción del Cooperativismo Actividad 1 - Ejecución Promoción del Cooperativismo - Fuente de Financiamiento 111- Ejercicio 2024;
Exceptuar el presente tramite del criterio de írretroactividad dispuesto por el Articulo 32°de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3) de la misma norma legal;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley N° II 282, modificado por Ley N° II 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que la Dirección de Despacho y Personal y la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaria de Trabajo;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención, la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.-Reconocer los servicios prestados por los agentes que se detallan en Anexo I (Hoja 1 y 2) por los periodos allí consignados.-
Artículo 2o.- Abonar la diferencia salarial entre el cargo de revista y el cargo designado, de acuerdo a lo informado en Anexo I (Hoja 1 y 2 ).-
Artículo 3°.- El gasto que demande el presente trámite será imputado en Jurisdicción: 15- Secretaría de Trabajo — SAF: 15 — Secretaria de Trabajo — Programa 1 — Conducción de la Secretaría de Trabajo, - Actividad 1 - Conducción de la Secretaria de Trabajo - Actividad 2 - Defensa del Consumidor - Programa 17- Programa de. Asistencia Laboral - Actividad 1 - Conducción Programa de Asistencia Laboral - Programa 18 Promoción del Cooperativismo Actividad 1 - Ejecución Promoción del Cooperativismo - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio 2024,-
Artículo 4o.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. -
Articulo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifiquese dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-

DECRETO N° 86/24


Apellido y Nombre D.N.I. N°

Marcia Valeria Pira 22.670.314 -
Yuseff Badi Jorge 32.538.318 -
Gabriela Fernanda Frydlewicz 33.450.792 -
Cesar Alberto García 30.596.869 -
Nelson Edgardo Vidal 24.302.215 -
Eduardo Alejandro Calvo 24.449.476-
Gerardo Rubén Tardugno 26.344.628-
Tomas Martín Alberto Paradela 37.067.752 -
SilvinaPaola Salto 26.820.801 -
Abdo Yasir Eljatib 30.883.524 -
Ariel Femando Marzari 27.089.062 -
Edgardo Alcides Kohler 30.377.795 -
Nahuel Hernán González 33.188.198 -
FabíoJa Jessica Zappi 29.908.883 -