RAWSON, 26 FEB 2024
VISTO:
El Expediente N° 222-GB-2024; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se solicita designar en el cargo Directora del Registro Civil Comodoro Rivadavia Oeste de la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, a la abogada Roxana Elena ZILCH, a partir de la fecha del presente decreto;
Que se deberá abonar a la abogada Roxana Elena ZILCH, el Adicional por Jerarquía Profesional, establecido en el Artículo 22° inc. f) de la Ley I N° 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por Decreto N° 1330/81, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno, SAF 20: Ministerio de Gobierno, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil - Comarca del VIRCH -Valdés;
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno han tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Designar en el cargo Directora del Registro Civil Comodoro Rivadavia Oeste de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, a la abogada Roxana Elena ZILCH (DNI N° 28.451.295 - Clase 1981), a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 2°.- Abonar a la abogada Roxana Elena ZILCH (DNI N° 28.451.295 - Clase 1981), el Adicional por Jerarquía Profesional, establecido en el Artículo 22° inc. f) de la Ley I N° 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por Decreto N° 1330/81, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 3° - El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno, SAF 20: Ministerio de Gobierno, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil - Comarca del VIRCH - Valdés. Ejercicio 2024.
Artículo 4°,- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO N° 176/24