RAWSON,18 MÁR 2024
VISTO:
El Expediente N° 0179 - M.D.H. - 2024; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 155° inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial, con las exigencias y formalidades establecidas en la Constitución o en la Ley;
Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento y la remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 764;
Que en virtud de lo expuesto, la Ministra de Desarrollo Humano, gestiona designar como Personal de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Humano, a las personas que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente , decreto, percibiendo una remuneración equivalente al cargo que, en cada caso se indica, en los términos previstos en el artículo 66° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto;
Que en virtud de las designaciones que se gestionan, los agentes detallados en el Anexo II, que forma parte integrante, reservarán sus cargos de revista, conforme lo prescripto en los Artículos 14° y 20° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto y por el período que permanezcan designadas;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que la Dirección General de Personal y Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Humano, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Articulo 1°.- Designar como personal de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Humano a las personas que se detallan en el anexo I que forma parte integrante del presente Decreto percibiendo una remuneración equivalente al cargo que , en cada caso se indica, en los términos previstos en el articulo 66 de la ley I N° 74 a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- Reservar a los agentes detallados en el Anexo II, que forma parte integrante, sus cargos de revista, conforme lo prescripto en los Artículos 14° y 20° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto y por el período que permanezcan designados.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - SAF 40 - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Desarrollo Humano - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Desarrollo Humano - Ejercicio 2024.-
Artículo 4o.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado en el Departamento de Desarrollo Humano y por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobiemo.-
Artículo 5° - Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO 304/2024

ANEXO I

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO

APELLIDO Y NOMBRE D.N.I N° CLASE
MUÑOZ VANESA EDITH 33.773.445 1.988

SANABRIA LETICIA IOANA 25.656.720 1.977

URIARTE, ROSANA LIDIA LUJAN 17.887.41 1.964

VERA SANTIAGO ARIEL 40.871.901 1.998

ANEXO II

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO

RESERVA DE CARGO

APELLIDO Y NOMBRE D.N.I N° CLASE
MUÑOZ VANESA EDITH 33.773.445 1.988

SANABRIA LETICIA IOANA 25.656.720 1.977