RAWSON, 22 MAR 2024
VISTO:
El Expediente N° 736/2024-SGG; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita designar en el cargo Director de Reingeniería de Procesos - Nivel I - Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General de Planificación, Control de Gestión y Función Pública - Subsecretaría de Innovación y Mejora de Procesos - Secretaría General de Gobierno, al señor Gastón SANDER, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el señor Gastón SANDER, reúne los requisitos exigidos para ocupar el cargo;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282 modificado por la Ley II - N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno, han tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Designar en el cargo Director de Reingeniería de Procesos - Nivel I - Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General de Planificación, Control de Gestión y Función Pública - Subsecretaría de Innovación y Mejora de Procesos - Secretaría General de Gobierno, al señor Gastón SANDER (D.N.I.N° 37.676.694 - Clase 1994), a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción 10 - Secretaria General de Gobierno - S.A.F 10 - Programa 4 - Conducción de la Subsecretaría de Innovación y Mejora de Procesos - Actividad 1 - Conducción de la Subsecretaría de Innovación y Mejora de Procesos - Ejercicio 2024.-
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 314/24