RAWSON,11 ABR 2024
VISTO:
El Expediente N° 411/2024 - SGG; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita abonar el Adicional por Jerarquía Profesional establecido por el artículo 22° - inciso f) de la Ley I - N° 74, al Licenciado Femando Nicolás FANTIN, a partir del día 18 de diciembre de 2023;
Que el Licenciado Fernando Nicolás FANTIN, fue designado Director General de Prensa - Subsecretaría de Información Pública - Secretaría General de Gobierno, mediante Decreto N° 1607/23, a partir del día 18 de diciembre de 2023;
Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado;
Que se deberá otorgar eficacia retroactiva al presente acto, por aplicación de lo dispuesto en el artículo N° 32, punto 1° de la Ley I N° 18;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282, modificado por la Ley II - N° 289, prorrogado por el Decreto N° 01/24;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente tramite;
Que la Dirección General de Administración de Personal y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de General de Gobierno, han tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Abonar el Adicional por Jerarquía Profesional establecido por el artículo 22° - inciso f) de la Ley I - N° 74, al Licenciado Femando Nicolás FANTIN (D.N.L N° 34.935.359 - Clase 1990), a partir del día 18 de diciembre de 2023.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción 10 -Secretaria General de Gobierno - SAF 25 - Subsecretaría de Información Pública y Cultura - Programa 16 - Difusión de Actos de Gobierno - Actividad 1 - Difusión de Actos de Gobierno y Programa 92 — Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores — Actividad 1 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad financiera y/o presupuestaria - Ejercicio 2024.-
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido,
ARCHIVESE.-

DECRETO 409/2024