RAWSON, 29 ABR 2024
VISTO:
El Expediente N° 310-GB-2024; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la modificación de las Misiones, Funciones y Requisitos de la Dirección Coordinación Técnica de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, determinados en el Anexo III del Decreto N° 346/19, a partir de la fecha del presente decreto, el que quedará redactado de acuerdo al Anexo I;
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno han tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificar a partir de la fecha del presente decreto, las Misiones, Funciones y Requisitos de la Dirección Coordinación Técnica de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, determinados en el Anexo III del Decreto N° 346/19, a partir de la fecha del presente decreto, el que quedará redactado de acuerdo al Anexo I.
Artículo 2°.- Anótese en la marginal del Decreto N° 346/19, la modificación que por este acto se propicia.
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO 522 

ANEXO N° I

MINISTERIO DE GOBIERNO
SUBSECRETARIA DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
DIRECCIÓN COORDINACIÓN TÉCNICA
MISIONES:
Coordinar con la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas la actividad interna de las Direcciones, Documentación Rápido Comodoro Rivadavia, Registro Civil Comodoro Rivadavia Oeste, Registro Civil Comodoro Rivadavia Centro y Registro Civil Comodoro Rivadavia Norte.
FUNCIONES:
- Representar al Director General, en la sede que fuera designado.
- Aplicar y hacer cumplir las normas contenidas en las leyes y reglamentos referidas a la función registral y de identificación de las personas.
- Articular las actividades de la Dirección General con las Oficinas Seccionales a la que fuera designado.
- Dar al personal las instrucciones que convengan al mejor servicio, procurando establecer y mantener unidad funcional y de interpretación, en concordancia con las órdenes impartidas por los directores.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer estudios secundarios completos. Presentar los demás requisitos exigidos por la Ley I N° 74 o la que la reemplace legalmente.