RAWSON, 20 MAY 2024

VISTO:

El Expediente N° 241/24-SP; y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el Visto, se tramita reconocer los servicios efectivamente prestados a cargo de la Dirección General de Asuntos Legales por el señor Ignacio Nicolás BASSANI, dependiente de la Secretaría de Pesca, por el periodo comprendido desde el 1 de enero de 2024 hasta el 28 de enero de 2024 inclusive, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias por hechos u actos que pudieren tener origen en el periodo objeto de aprobación;
Que el señor Ignacio Nicolás BASSANI, no ha percibido remuneración alguna por su desempeño efectivo a cargo de la Dirección General de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría de Pesca, durante el periodo comprendido desde el 1 de enero del 2024 hasta el 28 de enero de 2024 inclusive;
Se dicta la presente resolución en el marco de la Ley I N° 764, artículo 4°, Inciso 8) y 13);
Que encontrándose reunidos en el caso los supuestos de hecho necesarios, resulta procedente otorgar eficacia retroactiva al acto conforme lo previsto en el artículo 32 de la Ley I N° 18;
Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente tramite;
Que la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Pesca ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Pesca, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaria General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente tramite;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Reconocer los servicios efectivamente prestados a cargo de la Dirección General de Asuntos Legales por el señor Ignacio Nicolás BASSANI (D.N.I: 38.805.745 - Clase 1995), dependiente de la Secretaría de Pesca, por el período comprendido desde 1 de enero de 2024 hasta 28 de enero de 2024 inclusive, sin perjuicio de las facultades disciplinarias por hechos u actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación, según lo expuesto en los considerandos que anteceden.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se imputará en la Jurisdicción 61- Secretaría de Pesca - SAF 61 - Programa 1 : Conducción de la Secretaría de Pesca - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Pesca - Ejercicio 2024. Artículo 3°.- El Presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 4°- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.

DECRETO N° 596/24