RAWSON, 2 0 MAY 2024
VISTO:
El Expediente N° 27/23 H.RG; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, la Dirección del Hospital Rural Gaiman, eleva antecedentes con relación a la situación laboral de la agente BENITES, Irma Leticia quien revista en el cargo Agrupamiento D - Clase III - Grado III- Categoría 5, con 30 horas semanales de labor, Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 STR, con funciones en el Hospital Rural Gaiman dependiente de la Dirección Provincial Area Programática Trelew de la Secretaría de Salud;
Que según consta a fojas 51 vuelta, la mencionada agente percibió haberes hasta el 31 de mayo de 2023;
Que conforme constancia obrante a fojas 04, 2ly 32 se ha practicado la intimación prevista en el Inciso 1 del Artículo 50° del Decreto N° 1330/81;
Que de fojas 07 surge que la mencionada agente ha registrado numerosas inasistencias injustificadas a partir del 12 de enero de 2023;
Que como consecuencia de las ausencias injustificadas, la conducta de la agente BENITES Irma Leticia se encuadra en el Artículo 50° Inciso 1 de la Ley I N° 74, normativa aplicable conforme el Artículo 2o del Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 STR;
Que según lo previsto en el Artículo 60° Inciso a) de la Ley I N° 74 es competencia del Poder Ejecutivo la aplicación de las sanciones disciplinarias expulsivas;
Que ha tomado intervención el Departamento Provincial Altas y Bajas de la Secretaria.de Salud;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaria de Salud;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaria General de Gobierno ha tomado intervención en el presente tramite ;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno ;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.-Declarase cesante a la agente BENITES, Irma Leticia (DNI N° 32.980.954
- Clase 1987) quien revista en el cargo Agrupamiento D - Clase III - Grado III - Categoría 5 con 30 horas semanales de labor, Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 STR, con funciones en el Hospital Rural Gaiman dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Trelew de la Secretaría de Salud por aplicación del Artículo 50° Inciso 1 de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente Decreto.
Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.
Artículo 3°: Regístrese, comuniqúese,notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO N° 607/2024