Rawson 28 May 2024
VISTO:
El Expediente N° 543-GB-2024; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita reconocer y abonar los servicios
prestados, desde el 22 de diciembre de 2023 y hasta el 13 de febrero de 2024, a la LiC. Maira RAMIRES, quien fue designada en el cargo de Directora General de Delegación Comodoro Rivadavia dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, mediante Decreto N° 107/24, a partir del día 14 de febrero del 2024;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales
del Ministerio de Gobierno han tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de
Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Reconocer y abonar los servicios prestados desde el 22 de diciembre de 2023 y hasta el 13 de febrero de 2024, a la Lic. Maira RAMIRES (DNI N° 37.665.703- Clase 1994), quien fue designada en el cargo de Directora General de Delegación Comodoro Rivadavia dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, mediante Decreto N° 107/24, a partir del día 14 de febrero del 2024.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno, SAF 20: Ministerio de Gobierno, Programa
31: Comarcas del Ministerio de Gobierno, Actividad 2: Comarca Comodoro Rivadavia y Programa 94: Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, Actividad 1: Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad financiera y/o presupuestaria. Ejercicio 2024.
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE
DECRETO N° 639