RAWSON, 02 JUL 2024

VISTO:

El Expediente N° 2110-SIEyP-24; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la designación de la Arquitecta Maira Omella, FURCI en el cargo de Director General de Planificación, Estudios y Proyectos de Infraestructura - Subsecretaría de Planificación - Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, a partir de la fecha del presente decreto;
Que dicho cargo se encuentra vacante y la Arquitecta Maira Omella, FURCI reúne los requisitos para ocupar el cargo;
Que deberá otorgarse a la Arquitecta Maira Omella, FURCI el Adicional por Jerarquía Profesional de acuerdo a lo previsto en artículo 22° inciso f) de la Ley I N° 74;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que es competencia de cada Ministro Secretario de Estado proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece el Artículo 4o inciso 12) de la Ley I N° 764;
Que el Área Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, ha tomado legal intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.-Designar a la Arquitecta Maira Ornella, FURCI (D.N.I. N° 35.381.789 Clase 1990) en el cargo de Directora General de Planificación, Estudios y Proyectos de Infraestructura - Subsecretaría de Planificación - Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, a partir de la fecha del presente decreto.- Artículo 2o- Otorgar a la Arquitecta designada el adicional por Jerarquía Profesional de acuerdo a lo previsto en el artículo 22° inciso f) de la Ley I N° 74.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se imputará en la Jurisdicción: 8 Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF 88 Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - Programa 5: Conducción de la Subsecretaría de Planeamiento - Actividad 1: Conducción de la Subsecretaría de Planeamiento - Ejercicio 2024.-
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y de Economía.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.

DECRETO N°810/24