RAWSON, 02 JUL 2024

VISTO:

El Expediente N° 986-SGG-2024; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita el traslado a la Subsecretaría de Asuntos Municipales, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, de la agente Soraya Valeria GÓMEZ, quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la Comuna Rural de Las Plumas, a partir de la fecha del presente decreto;
Que a fojas N° 02, consta la autorización correspondiente para el traslado de la agente Soraya Valeria GÓMEZ;
Que atento a encuadrarse en el artículo 19° de la Ley I N° 74, dado que la misma es específica para el Personal de la Planta Permanente, se procede a trasladar al Plantel Básico de la Subsecretaría de Asuntos Municipales, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, a la agente Soraya Valeria GÓMEZ;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II - N° 282, modificado por Ley II - N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno, han tomado intervención en el presente trámite;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.-Trasladar a partir de la fecha del presente decreto, a la Subsecretaría de
Asuntos Municipales, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, a la agente Soraya Valeria GÓMEZ (D.N.I N° 31.799.274 - Clase 1986), quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la Comuna Rural de Las Plumas, de la citada Subsecretaría, por aplicación del artículo 19° de la Ley I N° 74.- Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será afectado a la Jurisdicción 10 - Secretaría General de Gobierno - S.A.F 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa 20 - Subsecretaría de Asuntos Municipales - Actividad 1 - Conducción de Asuntos Municipales - Ejercicio 2024.-
Artículo 3°.- El presente decreto, será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Gobierno y de Economía.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 812/24