RAWSON, 02 JUL 2024

VISTO:

El Expediente N° 1536 - STR - 2024; y,

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita dejar sin efecto la designación del señor PANGUIE Darío Santiago, al cargo de Director Regional Delegación Puerto Madryn dependiente de la Dirección General de Coordinación de la Subsecretaría de Trabajo - Secretaría de Trabajo, designado mediante Decreto N° 09/24, a partir de la fecha del presente decreto;
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Sumarios a fojas 9, el señor PANGUIE Darío Santiago no registra antecedentes sumariales pendientes de resolución;
Que la Dirección General de Fiscalización y Administración, informa a fojas 11, que el señor PANGUIE Darío Santiago no adeuda fondos pendientes de rendición;
Que la Dirección de Despacho y Personal a fojas 12, informa que el señor PANGUIE Darío Santiago no registra días de Licencia Anual Reglamentaria pendientes, de acuerdo a lo determinado en la Resolución N° 195/17.STR;
Que el artículo 155° Inciso 3o de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Pública Provincial;
Que la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Trabajo, ha tomado intervención;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Secretaría de Trabajo, ha tomado debida intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación en el cargo de Director Regional Delegación Puerto Madryn dependiente de la Dirección General de Coordinación de la Subsecretaría de Trabajo - Secretaría de Trabajo, del señor PANGUIE Darío Santiago (D.N.I N° 28.663.129 - Clase 1981), designado mediante Decreto N° 09/24, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de
Estado en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N°813/24