RAWSON, 0 2 JUL 2024

VISTO:

El Expediente N° 165/2023 - MTyAP; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto se gestiona mensualizar a los agentes que figuran en el Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2024;
Que los agentes que figuran en el Anexo A fueron incorporados a la Planta Transitoria, Ley I N° 341, con función profesional y una remuneración equivalente a la categoría de Guardafauna Ayudante del Sistema Provincial de Guardafauna, en el Anexo IV del Decreto N° 1244/22;
Que mediante Decreto N° 02/2023 correspondiente a la distribución de cargos del ejercicio 2023, los cargos de Planta Transitoria Ley I N° 341 se transformaron en cargos de Planta Temporaria Ley XI N°18 - Sistema Provincial de Guardafaunas;
Que mediante Resolución XXVII N° 32, se aprobaron los servicios efectivamente prestados por los agentes detallados en el Anexo A, a partir del 01 de enero del año 2023 y hasta la fecha del presente decreto;
Que atento a lo expuesto en los considerandos precedentes se deja sin efecto la incorporación de los agentes que figuran en el Anexo A, en la Planta Transitoria, Ley I N° 341, con función profesional y una remuneración equivalente a la categoría de Guardafauna Ayudante del Sistema Provincial de Guardafauna, en el Anexo IV del Decreto N° 1244/22, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289 prorrogada por Decreto N° 1/24;
Que la Dirección de Despacho y Administración de Personal del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas ha intervenido;
Que la Dirección General de Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas ha intervenido;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la incorporación de los agentes que figuran en el Anexo A, en la Planta Transitoria, Ley I N°341, con función profesional y una remuneración equivalente a la categoría de Guardafauna Ayudante del Sistema Provincial de Guardafauna, en el Anexo IV del Decreto N° 1244/22, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 2°.- Incorporar en la Planta Temporaria del Sistema Provincial de Guardafaunas - Ley XI N° 18, a los agentes que figuran en el Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2024.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la Jurisdicción: 80 Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - SAF: 80 - Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - Programa: 16 - Conservación de Áreas Protegidas - Actividad 1: Operaciones - Ejercicio 2024.
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Turismo y Áreas Protegidas y de Gobierno.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 815/24

ANEXO A

MINISTERIO DE TURISMO
Y ÁREAS PROTEGIDAS

Programa : 16 - Conservación de Áreas Protegidas Actividad : 1 - Operaciones


APELLIDO Y NOMBRES DNI N° PLANTA TEMPORARIA Ley XI N° 18

MONTET, Carla Mariet 32.537.582 Guardafauna Ayudante
GIMENEZ, Gustavo Andrés 32.923.488 Guardafauna Ayudante
MIELGO, Eara 42.771.917 Guardafauna Ayudante