RAWSON, 02 JUL 2024

VISTO:

El Expediente N° 373/18 HRW; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, la Dirección del Hospital Subzonal Rawson, eleva antecedentes con relación a la situación laboral de la agente OLIVA, Pamela Silvana quien revista en el cargo Agrupamiento C - Clase II - Grado II- Categoría 5, con 30 horas semanales de labor, Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 STR, con funciones en el Hospital Subzonal Rawson dependiente de la entonces Dirección Provincial Área Programática Trelew de la Secretaría de Salud;
Que según consta a fojas 31, la mencionada agente percibió haberes hasta el 31 de diciembre de 2018;
Que conforme constancia obrante a fojas 18 se ha practicado la intimación prevista en el Inciso 1 del artículo 50° del Decreto N° 1330/81;
Que de fojas 02 surge que la mencionada agente ha registrado numerosas inasistencias injustificadas a partir del 21 de febrero de 2018;
Que como consecuencia de las ausencias injustificadas, la conducta de la agente OLIVA, Pamela Silvana se encuadra en el artículo 50° Inciso 1 de la Ley I N° 74, normativa aplicable conforme el artículo 2o del Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 STR;
Que según lo previsto en el artículo 60° Inciso a) de la Ley I N° 74 es competencia del Poder Ejecutivo la aplicación de las sanciones disciplinarias expulsivas;
Que ha tomado intervención el Departamento Provincial Altas y Bajas de la Secretaria de Salud;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaria de Salud;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaria General de Gobierno ha tomado intervención en el presente tramite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno ;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.-Declarase cesante a la agente OLIVA, Pamela Silvana (DNI N° 29.983.630 - Clase 1983) quien revista en el cargo Agrupamiento C - Clase II - Grado II - Categoría 5 con 30 horas semanales de labor,Convenio Colectivo de Trabajo N 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 STR, con funciones en el Hospital Subzonal Rawson dependiente de la entonces Dirección Provincial Área Programática Trelew de la Secretaría de Salud por aplicación del artículo 50° Inciso 1 de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO N° 821/24