RAWSON,02 JUL 2024

VISTO:
El Expediente N° 1116 - STR - 2024; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita designar al señor OVEJERO Esteban Agustín, en el cargo Director de Asistencia en Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales dependiente de la Dirección General de Seguridad e Higiene y Riesgos del Trabajo de la Secretaría de Trabajo, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el cargo se encuentra vacante al dejar sin efecto la designación de la señora PARADA, Susana Beatriz por Decreto N° 1680/23;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/2024;
Que la designación propuesta se encuentra legalmente sustentada en lo dispuesto en los artículos 14°,15° y 22° de la Ley I N° 74;
Que el artículo 155° Inciso 3°de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Pública Provincial;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Secretaría de Trabajo, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Trabajo, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Designar al señor OVEJERO Esteban Agustín (D.N.I.N° 32.801.565 - Clase 1987), en el cargo Director de Asistencia en Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales dependiente de la Dirección General de Seguridad e Higiene y Riesgos del Trabajo de la Secretaría de Trabajo, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será afectado a la Jurisdicción 15 - Secretaría de Trabajo - SAF 15 - Secretaría de Trabajo - Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Trabajo - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Trabajo - Ejercicio 2024.-
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 4°,- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 834/2024