RAWSON, 1 1 JUL 2024


VISTO:

El expediente N° 1941 - M.D.H - 2024; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del visto el Ministerio de Desarrollo Humano, gestiona un aporte económico a favor de los Municipios y/o Comunas Rurales que se detallan en el anexo A del presente decreto, por los montos que en cada caso se indican, destinados a la adquisición de módulos alimentarios para asistencia de familias de la provincia del Chubut, en el marco del “Programa de Emergencia Alimentaria”, aprobado por Decreto N° 844/24;
Que a fojas 1 y 4 obran notas de solicitud efectuadas por el Director General de Administración;
Que a fojas 3 obra preventivo N° 518483 y fojas 15 preventivo N° 519055, con cargo a la Jurisdicción 40 -Ministerio de Desarrollo Humano;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración en el ámbito de su competencia;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- OTORGAR un aporte económico a favor de los Municipios y Comunas Rurales que se detallan en el anexo A, que forma parte integrante del presente decreto, por los montos que en cada caso se indican, destinados a la adquisición de módulos alimentarios para asistencia de familias de la provincia del Chubut, en el marco del “Programa de Emergencia Alimentaria”, aprobado por Decreto N° 844/24, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos que anteceden.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, el cual asciende la suma total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES ($ 484.000.000,00), será con cargo a: Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - Programa 22 - Actividad 5 - Inciso 5 - Partida Principal 7 -Partida Parcial 6 - Fuente de Financiamiento 441 - Ejercicio año 2024. Artículo 3o.- Los subsidios otorgados deberán ser invertidos dentro de los ciento ochenta (180) días de recepcionados y rendidos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión con copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Humano.
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado en el departamento de Desarrollo Humano, y el señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.

DECRETO N° 900/24


ANEXO A

LOCALIDAD INTENDENTE 0 PRESIDENTE

28 DE JULIO JONES LUKAEMMANUEL
ALDEA APELEG MORALES FELIX RAFAEL
ALDEA BELEIRO TAPIA PATRICIA VERONICA
ALDEA EPULEF AYILEF PAULA VANESA
ALTO RIO SENGUER MONGILARDI MIGUEL ALEJANDRO
BUEN PASTO RODRIGUEZ DOMINGO BERNANDO
CAMARONES LO YO LA CLAUDIA ALEJANDRA
CARRENLEUFÚ ROSAS ALBERTO
CERRO CENTINELA ROA ROSA BEATRÍZ
CHOLILA BOUDARGHAM SILVIO UBALDO
COLAN CONHUE SANTANDER RAÚL HORACIO
COMODORO RIVADAVI4 MACHARASHVILI OTHAR
CORCOVADO MOLINA HÉCTOR ARIEL
CUSHAMEN GONZALEZ OMAR GABRIEL
DIQUE F. AMEGHINO DE DOMINGO RAÚL OMAR
DO LAVO N BOWEN DANTE MARTÍN
Dr. ATILIO VIGLIONE AVILES FATIMA
Dr. RICARDO ROJAS HASSANIE SILVA JUAN BAUTISTA
EL HOYO SALAMIN CESAR FABIAN
EL MAITEN CURRILEN OSCAR RUBEN
EPUYEN CONTRRERAS JOSE ALFREDO
ESQUEL TACCETTA MATIAS FEDERICO
FACUNDO PINILLA VILMAEDITH
GAIMAN JAMES DARÍO ERNESTO
GAN GAN HUiSCA PEDRO SANTIAGO '
GASTRE ARANDA MARCELO ANDRES
GOBERNADOR COSTA GÓMEZ MIGUEL ÁNGEL
GUAUAINA LAMARIERI MARCELO HORACIO
JOSÉ DE SAN MARTÍN CALPANCHAY RUBÉN OSVALDO
LAGO BLANCO BILBAO NADIA MICAELA
LAGO PUELO FERNANDEZ IVAN NORBERTO JULIAN
LAGUNITA SALADA GOYENECHE PEDRO EMANUEL
LAS PLUMAS BOWMAN GILBERTO SERGIO ARIEL
LOS ALTARES SANDOVAL ALEJANDRO ANTONIO
PASO DE INDIOS MENDEZ HECTOR EDUARDO
PASO DEL SAPO CANDIA VÍCTOR DAVID
PUERTO MADRYN SASTRE GUSTAVO RAFAEL
PUERTO PIRAMIDES PERVERSI JORGE LUIS
RADA TILLY PERALTA MARIELGIMENA
RAWSON BISS DAMIAN EMANUEL
RIO MAYO LOYAUTE GUSTAVO DANIEL
RIO PICO PÉREZ SANTIAGO DIEGO
SARMIENTO BAI.OCHI ANGEL SEBASTIAN
TECKA SEITUNE JORGE DAVID
TELSEN CASTRO PABLO EDUARDO
TRELEW MERINO GERARDO ANDRES
TREVELIN INGRAM HÉCTOR RICARDO