RAWSON, 1 2 JUL 2024
VISTO:
El Expediente N° 358/2024-MP; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la aplicación del régimen disciplinario vigente al agente Pablo Javier CHINGOLEO, quien revista en el cargo Correo - Código 1-004 - Nivel VI - Categoría 2 - Agrupamiento Personal de Servicios - Planta Permanente dependiente del Ministerio de Producción, por incumplimientos laborales presuntamente cometidos por el mismo desde el día 02 de enero del 2024;
Que a fojas 02 consta Nota N° 34/2024 - dpyd-DGRRHH de fecha 30 de enero de 2024, suscripta por la Directora de Personal y Despacho dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, detallando la situación laboral irregular del agente Pablo Javier CHINGOLEO ya que ha incurrido en faltas injustificadas desde el día 02 de enero de 2024;
Que de fojas 17 a 19 obra Dictamen N° 58/24 de fecha 06 de marzo de 2024, por el cual la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Producción, se expide sobre la cuestión implicada en estos folios;
Que a fojas 20 la Ministra de Producción autoriza la continuidad del trámite;
Que dentro de la órbita de las facultades discrecionales de la Administración Pública, se encuentra la de merituar, de acuerdo a las circunstancias del caso, la gravedad de la irregularidad laboral, la sanción a aplicar y las diligencias necesarias para su concreción;
Que habiéndose cumplimentado, debida y acabadamente, en la sustanciación de las presentes actuaciones con todos los requisitos legales y procedimentales de rigor, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, en los términos y lineamientos detallados en los párrafos que anteceden;
Que, en virtud de las constancias arrimadas a estos actuados,, ha quedado cabalmente probada la prolongada e injustificada ausencia laboral por parte del mencionado agente que genera la aplicación del régimen disciplinario vigente;
Que atento a lo antes expuesto, corresponde aplicar al agente Pablo Javier CHINGOLEO la sanción expulsiva de cesantía por abandono de servicio, conforme lo establecido en el artículo 50°, inciso 2) de la Ley I - N° 74 en concordancia con los artículos 10° inciso h) y 44° inciso a) del mismo cuerpo legal, por su ausencia laboral incurrida desde el día 02 de enero del 2024 a la fecha;
Que el presente trámite se encuentra exceptuado de la aplicación del procedimiento sumarial previsto en la Ley I - N° 18, a tenor de lo normado en el artículo 53° de la Ley I - N° 74;
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Producción tomo intervención en estos actuados;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Producción ha tomado intervención en estos actuados;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Aplicar al agente Pablo Javier CHINGOLEO (D.N.I. N° 22.260.581 - Clase: 1972), quien revista en el cargo Correo - Código 1 -004 - Nivel VI -Categoría 2-Agrupamiento Personal de Servicios - Planta Permanente dependiente del Ministerio de Producción, la sanción expulsiva de cesantía por el abandono de servicio incurrido por el mismo desde el día 02 de enero del 2024, conforme lo establecido en el Artículo 50° inciso 2) de la Ley I - N° 74 en concordancia con lo previsto en los artículos 10°, inciso h) y 44°, inciso a) del mismo cuerpo legal, en virtud de lo expuesto precedentemente.-
Artículo 2°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros, Secretarios de Estado en los departamentos de Producción y de Gobierno.-
Artículo 3°.- Regístrese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO N° 920/24