RAWSON,17 JUL 2024

VISTO:
El Expediente N° 1489-SGG-2024; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 155°, inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial;
Que resulta oportuno designar a las personas que se desempeñen como Personal de Gabinete en la Secretaría General de Gobierno;
Que por el Expediente citado en el Visto, se propone designaren el cargo Personal de Gabinete de la Secretaría General de Gobierno, al señor Carlos Santiago COLOMBO, a partir del día 10 de junio de 2024;
Que el señorearlos Santiago COLOMBO, percibirá una remuneración equivalente al cargo Director General - Personal Fuera de Nivel;
Que la presente designación tiene encuadre legal en el artículo 66° de la Ley I - N° 74;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282, modificada por Ley II - N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno, han tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°.- Designar en el cargo Personal de Gabinete de la Secretaría General de Gobierno, al señor Carlos Santiago COLOMBO (D.N.I N° 22.163.433 - Clase 1971), a partir del día 1o de junio de 2024.-
Artículo 2°.- El señor Carlos Santiago COLOMBO (D.N.I N° 22.163.433 - Clase 1971), percibirá una remuneración equivalente al cargo Director General - Personal Fuera de Nivel.-
Artículo 3o.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado en la Jurisdicción 10 - Secretaría General de Gobierno - S.A.F. 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración de la Secretaría General de Gobierno - Ejercicio 2024.-
Artículo 4°.- El presente decreto, será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-


DECRETO 943/2024