RAWSON, 26 JUL2024
VISTO:
El Expediente N° 764/2024 - MTyAP; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto, se tramita aprobar lo actuado por el personal mensualizado del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, por el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2024 y hasta la fecha del presente decreto, los que se mencionan en el Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto, sin perjuicio del eventual ejercicio de las facultades disciplinarias por hechos u actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación;
Que asimismo se hace necesario prorrogar la mensualización del personal del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2024, el que se menciona en el Anexo A;
Que los agentes citados en el Anexo A fueron mensualizados conforme los decretos allí mencionados;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto 01/2024;
Que la Dirección de Despacho y Administración de Personal del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobar lo actuado por el personal mensualizado del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, por el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2024 y hasta la fecha del presente decreto, los que se mencionan en el Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto, sin perjuicio del eventual ejercicio de las facultades disciplinarias por hechos u actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación.
Artículo 2°.- Prorrogar la mensualización del personal del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2024, el que se menciona en el Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción: 80 - S.A.F. 80 - Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - Programad - Conducción y Administración del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - Actividad: 1 - Conducción y Administración del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas y Programa: 16 - Conservación de Áreas Protegidas - Actividad: 1 - Operaciones - Ejercicio 2024.
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Turismo y Áreas Protegidas y de Gobierno.
Artículo 5°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO N° 996/2024
ANEXO A
Jurisdicción - 80 - MINISTERIO DE TURISMO Y ÁREAS PROTEGIDAS - S.A.F 80. Programa: 1 - Conducción y Administración del Ministerio de Turismo. Actividad: 1 - Conducción y Administración del Ministerio de Turismo.
Personal Planta Temporaria - Ejercicio: 2024
APELLIDO Y NOMBRE D.N.I N°
BARCHETTA, Luca Alessandro 44.284.065
REY, Rodrigo Ariel 30.454.711
Jurisdicción - 80 - MINISTERIO DE TURISMO Y ÁREAS PROTEGIDAS - S.A.F 80
Programa: 16 - Conservación de Áreas Protegidas
Actividad: 1 - Operaciones
Personal Planta Temporaria - Ejercicio: 2024
APELLIDO Y NOMBRE D.N.I N°
ONTIVEROS, Milcar Dardo 37.147.722
CARDOZO, Dante Agustín 33.946.567
DUARTE, Lucas Oscar 38.535.308
DE VILLA, Bruno 31.452.660