RAWSON, 26 JUL 2024


VISTO:
El Expediente N° 99 - SAyCDS - 2024; y
CONSIDERANDO:

Que se procedió a la recaratulización del Expediente N° 1361/22 del entonces Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable en virtud de la Ley I N° 764 y sus modificatorias;
Que por el expediente citado en el Visto, el señor Secretario de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable solicita recategorizar al agente José Cristian MIELÑIK, quien revista en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004 - Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo — Planta Permanente, de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General Comarca Senguer San Jorge de la Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, en el cargo Inspector de Efluentes Industriales - Código 3-065 - Clase II - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General Comarca Senguer San Jorge de la Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, de conformidad con lo establecido por el artículo 100° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el agente José Cristian MIELÑIK se desempeña en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004 - Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, de la Ley I N° 74, designación que fuera efectuada mediante Decreto N° 883/18, con fecha 4 de octubre de 2018;
Que se propone recategorizar al agente José Cristian MIELÑIK, en el cargo Inspector de Efluentes Industriales - Código 3-065 - Clase II - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General Comarca Senguer San Jorge de la Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, quien reúne las condiciones y requisitos necesarios para cumplir dicho cargo;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que la Dirección de Personal y Despacho de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;
Que la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable ha tomado legal intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
Que el artículo 155° inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Pública Provincial;
Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado legal intervención en el presente trámite;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°: Recategorizar, a partir de la fecha del presente decreto, al agente José Cristian MIELÑIK, (D.N.I. N° 25.893.709 - Clase 1977), quien revista en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004 - Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, de la Ley I N° 74, en el cargo Inspector de Efluentes Industriales - Código 3-065 - Clase II - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General Comarca Senguer San Jorge de la Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, quien reúne las condiciones y requisitos necesarios para cumplir dicho cargo, de conformidad con lo establecido por el artículo 100° de la Ley I N° 74.
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado en la Jurisdicción: 63 - Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - SAF: 63 - Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - Programa: 17 - Regulación y Control Ambiental - Actividad: 4 - Comarca Senguer - Fuente de "Financiamiento: 1.11 - Ejercicio 2024.
Articulo 3°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.


DECRETO N° 979/24