RAWSON, 0 5 AG0 2024

VISTO:
El Expediente N° 1237/2024-SGG-SIP; y
CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita designar en el cargo Directora de Contenidos Multimediales - Nivel I - Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General de Comunicaciones - Subsecretaría de Información Pública - Secretaría General de Gobierno, a la señora Luciana Andrea OBREQUE, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el cargo se encuentra vacante conforme el Decreto N° 787/24;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282, modificado por la Ley II - N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno, han tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Designar en el cargo Directora de Contenidos Multimediales - Nivel I Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General de Comunicaciones - Subsecretaría de Información Pública - Secretaría General de Gobierno, a la señora Luciana Andrea OBREQUE (D.N.I. N° 34.087.476 - Clase 1988), a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción 10 - Secretaría General de Gobierno - SAF 25 - Subsecretaría de Información Pública y Cultura - Programa 16 - Difusión de Actos de Gobierno - Actividad 1 - Difusión de Actos de Gobierno - Ejercicio 2024.-
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1051/2024