RAWSON,07 AG0 2024
VISTO:
El expediente N° 472/2024 STR; el Decreto N° 837/2014; y,
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto, tramita la solicitud de la Asociación Obrera Textil de la República Argentina (AOT) y del Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines de la República Argentina (SETIA) en representación de los extrabajadores de la firma GUILFORD ARGENTINA S.A., en el marco del Decreto Provincial N° 837/14;
Que mediante el referido acto se propicia el otorgamiento de una ayuda social directa a los extrabajadores de la empresa mencionada quienes acarrean, desde hace varios años, una crisis económica devenida y en consecuencia del conflicto laboral suscitado y de público conocimiento que concluyo con el cese del pago de sus haberes;
Que el sector textil atraviesa una delicada situación económica, convirtiéndose en un conflicto social en la ciudad de Comodoro Rivadavia;
Que es interés manifiesto del Estado Provincial, dentro de sus facultades legales, el arbitrar los medios para anticiparse a los conflictos y ofrecer soluciones a las controversias que pudieran acontecer, amalgamando los intereses de los distintos sectores y articulando las políticas públicas con el sector privado, instalando en la sociedad el concepto de “paz social” por el cual se ofrece una cobertura más amplia para todos los sectores;
Que este Gobierno procura arbitrar soluciones en relación a las carencias y problemáticas que surgen, brindando contención económica para los extrabajadores afectados;			_
Que la Provincia del Chubut, atendiendo la magnitud del conflicto suscitado y las posibilidades presupuestarias de la Provincia, otorgará una ayuda social directa a un total de SETENTA Y UN (71) personas individualizadas en el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto, por la suma de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($30.000,00) a cada uno de ellos, por el período correspondiente al mes de abril de 2023, ascendiendo a la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($2.130.000,00);
Que resulta de público y notorio conocimiento el estado de situación imperante en la firma GUILFORD ARGENTINA S.A., cuya finalización de actividades ocurrió en el mes de septiembre del año 2016;
Que conforme surge de la documentación adunada en autos se encuentran debidamente cumplimentados los recaudos legales establecidos en el Artículo 2° del Decreto N° 837/2014;
Que con el objetivo primero de salvaguardar el bienestar de los extrabajadores involucrados, la subsistencia de las familias chubutenses interesadas, y promover la paz social, evitando que la crisis de la empresa genere daños irreparables directamente en los trabajadores e indirectamente en la comunidad, corresponde el otorgamiento solicitado;
Que la Secretaría de Trabajo destinará los fondos necesarios para afrontar la erogación que demande el presente;
Que no existe impedimento formal ni legal para el dictado del presente acto administrativo;
Que la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Trabajo toma debida intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General del Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. OTORGUESE una ayuda social directa a los extrabajadores de la firma GUILFORD ARGENTINA S.A. por un total de SETENTA Y UN (71) personas individualizadas en el Anexo I que forma parte integrante del presente, por la suma de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($30.000,00) a cada uno, por el período correspondiente al mes de abril de 2023, ascendiendo a la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($2.130.000,00).-
Artículo 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, y que asciende a la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($2.130.000,00) se imputará con cargo en la Jurisdicción 15- SAF 15- Secretaría de Trabajo - Programa 17- Programa de Asistencia Laboral/ 00/ 00/ A04 - Trabajar para Incluir/ 5 - Transferencias/ 1- Transferencias al sector privado para gastos corrientes/4- Ayuda social a personas/ 01 - Fuente de Financiamiento 3.47 -Ejercicio 2024.
Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 4°. REGÍSTRESE, notifíquese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO N° 1079/2024
	ANEXO 1
#	CUIL	                         APELLIDO Y NOMBRE
1	2023905157	  ALMENDRA ARIEL HIPOLITO
2	2029585241	 ALMONACID ALEJANDRO SANTIAGO
3	2027198294	 ALMONACID GUSTAVO MARTIN
4	2029858256	ANGEL OMAR JESUS
5	20280755614	 ARAOZ GASTON ADRIAN
6	20248655578	AVILA ALBERTO MIGUEL
7	2034427099         AVILEZ SERGIO LUIS
8	20171297703	BORUTA PABLO GERARDO
9	20266332972	CABEZAS RICARDO DANIEL
10	20176228947	CABRERA LUIS OSCAR
11	27926986479	CARCAMO SANTANA ELIANA DEL CARMEN
12	20184602548	CARRIZO RUBEN OMAR
13	20276135563	CASANOVA MARCOS SEBASTIAN
14	24254375167	CHAILE ADRIAN RODOLFO
15	20257220207	DELGADO LUIS FERNANDO
16	27292394832	DIAZ MARISA DEL CARMEN
17	20170607806	ESCALANTE PEDRO FRANCISCO
18	23300005799	ESCOBAR EDGAR MARTIN
19	20271981318	ESPINOZA RICARDO ANDRES
20	20243028362	FLORENTINO SERGIO MARTIN
21	23163637669	FONTEÑEZ MARCOS ARMANDO
22	20233500667	FRIAS CONRADO
23	20313508146	GIANELLI MARTIN EMILIANO
24	20255731867	GODOY MARCELO DARIO
25	20180924214	GONZALEZ LUIS RICARDO
26	20261414067	GONZALEZ JORGE ALBERTO
27	20250116412	GUZMAN CRISTIAN ROLANDO
28	20174464384	HERNANDEZ JOSE RAUL
29	20186535880	HERRERA CASAS MANUEL ALBERTO
30	20309550715	IGOR CORDOBA FRANCO HERNAN
31	20334710964	INSAURRALDE JULIO CESAR
32	20241332382	LOPEZ OSCAR BALTASAR
33	20177294099	MAMAN! ERNESTO DOMINGO
34	20269963566	MANSILLA CESAR DANIEL
35	23325432659	MEDINA HECTOR RAUL
36	20234397797	NUÑEZ DIEGO CESAR
37	20233899047	PALACIO DARDO ALBERTO
38	23309109279	PEREA LEANDRO RODRIGO
39	20205897462	QUISPE ANTONIO AMADO
40	20927177944	RADDATZ ALMONACID EUGENIO ENRIQUE
41	23171293049	RAMOS RAMON DOMINGO
42	20301208376	RASJIDO MAURICIO ANDRES
43	20173414871	REALES JOSE HORACIO
44	30984510 ■	REALES NERIYAMIL
45	20229346645	REDEL VICTOR ALFREDO
46	20278146317	REDEL FERNANDO ANDRES
47	20284034997	REYES JUAN RUBIN
48	20286472452	RIVAROLA JUAN DE LA CRUZ
49	23179919079	RUIZ MIGUEL ANGEL
50	23290904919	SANCHEZ DAVID ALBERTO
51	20256973848	SANTANA EDUARDO JAVIER
52	20347735443	SEGOVIA LEONARDO FABIAN 
53	20305784614	TORALES FABIAN EDUARDO
54	20163639867	7ASQUEZ ENRIQUE CELEDONIO	
55	20213551389	VERA ALFREDO ALEJANDRO
56	23256973359	VERA CARLOS GABRIEL
57	20259621209	VIAN HUMBERTO MARTIN
58	20268928929	ZARATE EDGARDO IVAN
59	20200955022	DIAZ ALBERTO RUBEN
60	20243022127	LATORRE JOSE HERNAN
61	20289444808	MONZON GUSTAVO RAMON
62	20321191208	MARTINEZ DARIO
63	20259014957	VANUFFELEN GUILLERMO ADRIAN
64	23284033949	VOSILA HICTOR NICOLIS
65	20283983561	MAZA CLAUDIO ROBERTO
66	20174737089	ARGOTA PABLO ALEJANDRO
67	20360529194	GONZALEZ JULIO ALBERTO
68	20394387968	GONZALEZ CARLOS ALFREDO
69	27423158609	GARCIA ANDREA BEATRIZ
70	20187562253	BRIONES CARLOS RAMON
71	27314407763	VARGAS LAURA BEATRIZ