RAWSON, 07 AGO 2024

VISTO:
El Expediente N° 613/2024-SGG; y
CONSIDERANDO:

Que el artículo 155°, inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial;
Que el artículo 4° de la Ley I N° 764, inciso 12), faculta al Secretario General de Gobierno, a proponer el nombramiento y remoción del personal del Departamento a su cargo;
Que se solicita designar a cargo del Departamento Operaciones - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección de Aeronáutica Provincial - Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, al agente Pablo Alberto PASCUAL, quien revista en el cargo Piloto de Aeronave “B" - Código 4 - 119 - Clase II - Categoría 15 - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente, de la citada Dirección, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el agente Pablo Alberto PASCUAL, reúne los requisitos exigidos para ocupar el cargo;
Que corresponde abonar la diferencia salarial entre el cargo de revista Piloto de Aeronave “B" - Código 4 - 119 - Clase II - Categoría 15 - Agrupamiento Personal Profesional y el cargo Departamento Operaciones - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, ambos cargos de la Planta Permanente, dependientes de la Dirección de Aeronáutica Provincial - Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, al agente Pablo Alberto PASCUAL, en las medidas que desempeñe las funciones asignadas, de acuerdo a lo establecido por el artículo 105° de la Ley I - N° 74, reglamentado por el artículo 1°, punto II - Apartado 2 del Decreto N° 116/82, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282 modificado por la Ley II - N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno, intervienen en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°.- Designar a cargo del Departamento Operaciones - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección de Aeronáutica Provincial - Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, al agente Pablo Alberto PASCUAL (D.N.I. N° 20.545.258 - Clase 1969), quien revista en el cargo Piloto de Aeronave “B” - Código 4 - 119 - Clase II - Categoría 15 - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente, de la citada Dirección, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°. -Abonar la diferencia salarial entre el cargo de revista Piloto de Aeronave “B” - Código 4 - 119 - Clase II - Categoría 15 - Agrupamiento Personal Profesional y el cargo Departamento Operaciones - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, ambos cargos de la Planta Permanente, dependientes de la Dirección de Aeronáutica Provincial - Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, al agente Pablo Alberto PASCUAL (D.N.I. N° 20.545.258 - Clase 1969), en las medidas que desempeñe las funciones asignadas, de acuerdo a lo establecido por el artículo 105° de la Ley I - N° 74, reglamentado por el artículo 1°, punto II - Apartado 2 del Decreto N° 116/82, a partir de la fecha del presente decreto.-
Articulo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción 10 - Secretaria General de Gobierno - S.A.F 10 - .Secretaría General de Gobierno - Programa 19 - Transporte Aéreo Sanitario - Actividad 1 - Transporte Aéreo Sanitario - Ejercicio 2024.-
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifiquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1063/24