LEY XX N°84
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1°. Apruébase en todos sus términos el Memorándum de Acuerdo entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, el Gobierno de la República Argentina y la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) acerca de servicios que han de ser proporcionados por UNOPS con respecto al Proyecto Fortalecimiento de las Capacidades de Gestión del Gobierno de la Provincia de Chubut, protocolizado al Tomo 3, Folio 049 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno el 29 de julio de 2024, con el objetivo de fortalecer las capacidades de gestión del gobierno de la Provincia del Chubut a través de acciones de asistencia técnica, procesos de adquisiciones y otras iniciativas de intervención, que mejoren, potencien y modernicen la aplicación de políticas públicas de calidad, sostenibles e inclusivas, al tiempo que se mejora sustancialmente la calidad de vida de los habitantes de la Provincia.
Artículo 2°. Condonase el pago del impuesto de sellos emergente del Memorándum que se aprueba con la presente ley.
Artículo 3°. LEY GENERAL. Comuniqúese al Poder Ejecutivo.



DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.





RAWSON, 26 AG0 2024

VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a aprobar en todos sus términos el Memorándum de Acuerdo entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, el Gobierno de la República Argentina y la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para. Proyectos (UNOPS); sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 15 de agosto de 2024, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el Artículo 140° de la Constitución Provincial;

POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: XX N°84
Cúmplase, comuniqúese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.-


DECRETO N°1198/2024