Rawson, 28 AGO 2024
VISTO:
El Expediente N° 1907/2024-MP, la Ley II - N° 76, el Decreto N° 777/06 y la Re­ solución N° 198/2024-MP; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la contratación del señor Norberto Carlos ECHAVARRIA, Documento Nacional de Identidad N° 18.024.184, CUIT N° 20- 18024184-2, que opera comercialmente bajo la denominación de fantasía Grupo Efimeral Arquitectura Publicitaria, para el diseño, provisión de materiales, construcción y montaje del stand institucional que el Gobierno de la Provincia del Chubut instaló en el Predio Ferial de Buenos Aires (La Rural), en el marco de la 136° Exposición de Ganadería, Agricultura e Industria Internacional (Expo Rural 2024) que se desarrolló entre los días 18 y 28 de julio del corriente;
Que a fojas 40 consta la imputación preventiva del gasto de fecha 02 de agosto de 2024;
Que mediante Resolución N° 198/2024-MP de fecha 07 de agosto de 2024, se auto­rizó la contratación del señor Norberto Carlos ECHAVARRIA, Documento Nacional de Iden­tidad N° 18.024.184, CUIT N° 20-18024184-2, a los fines y efectos allí descriptos (artículo 1°), se aprobó lo actuado por la Dirección de Agregado de Valor dependiente de la Subse­cretaría de Industria y Comercio perteneciente al Ministerio de Producción, en relación a los trámites y/o gestiones administrativas llevadas a cabo para concretar la contratación del precitado proveedor (artículo 2°), se autorizó a la Dirección General de Administración per­teneciente a la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Producción a realizar el pago de la factura que oportunamente emita el aludido proveedor en el marco de la presen­te contratación (artículo 3°), encuadrándose el trámite en lo dispuesto en el apartado 5), inciso c) del artículo N° 95 de la Ley II - N° 76 y concordantes del Decreto N° 777/06 (ar­tículo 4°), entre otras estipulaciones que allí se puntualizan;.
Que el presupuesto emitido por el señor Norberto Carlos ECHAVARRIA, Documento Nacional de Identidad N° 18.024.184, CUIT N° 20-18024184-2, se encuentra vigente a la fecha;
Que, por lo antes expuesto, no existen impedimentos legales ni reglamentarios para proceder, en el marco del artículo 105° de la Ley II N° 76, a la aprobación de la contratación del señor Norberto Carlos ECHAVARRIA, Documento Nacional de Identidad N° 18.024.184, CUIT N° 20-18024184-2, a los fines especificados y conforme fuera oportunamente autorizado por la señora Ministra de Producción mediante Resolución N° 198/2024-MP;
Que el gasto que demanda la presente contratación será íntegramente cubierto con los fondos provenientes del Convenio denominado “Fortalecimiento de los Sectores Pro­ ductivos Chubutenses, suscripto entre la Provincia del Chubut y el Consejo Federal de In­ versiones (CFI) en fecha 04 de julio de 2024, y registrado al Tomo: 3, Folio: 018 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Producción ha intervenido en las presentes actuaciones; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno de la Provin­cia del Chubut;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobarla contratación del señor Norberto Carlos ECHAVARRIA, Documento Nacional de Identidad N° 18.024.184, CUIT N° 20-18024184-2, con domicilio si­to en calle Juan Mermoz Sur N° 2000, Lote 958, B° San Matías, de la localidad de Belén De Escobar, Provincia de Buenos Aires, que opera comercialmente bajo la denominación de fantasía Grupo Efímera! Arquitectura Publicitaria, para el diseño, provisión de materiales, construcción y montaje del stand institucional que el Gobierno de la Provincia del Chubut instaló en el Predio Ferial de Buenos Aires (La Rural), en el marco de la 136° Exposición de Ganadería, Agricultura e Industria Internacional (Expo Rural 2024) que se desarrolló entre los días 18 y 28 de julio del corriente, conforme fuera oportunamente autorizado por la se­ñora Ministro de Producción mediante Resolución N° 198/2024-MP, y en el marco del ar­tículo 105° de la Ley II - N° 76.- Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente contratación, será íntegramente cubierto con fondos provenientes del Convenio denominado “For­talecimiento de los Sectores Productivos Chubutenses, suscripto entre la Provincia del Chubut y el Consejo Federal de Inversiones (CFI) en fecha 04 de julio de 2024, y registrado al Tomo: 3, Folio: 018 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, e imputado de la siguiente manera: Jurisdicción: 1.67.067- MP - Programa: 01 - Actividad: 01 - IPP: 349.01 - Fuente de Financiamiento: 5.03 - Ejer­cicio 2024.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Producción, y de Gobierno.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1232