RAWSON, 11 SEP 2024
VISTO:
El expediente N° 327/22 JP; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto se propone la reubicación escalafonaria de la Oficial Subinspector Fabiola Mariángeles PAZ AGÜERO de la Agrupación Comando - Escalafón General a la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia;
Que el artículo 20° de la Ley XIX N° 8, establece que los cambios de Agrupaciones y/o Escalafones se resolverán por decreto del Poder Ejecutivo a propuesta fundada de la Jefatura de Policía, en cada caso particular;
Que la Plana Mayor Policial mediante Acta (Extraordinaria) N° 06/2023 hizo lugar al pedido de reubicación solicitado;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, prorrogada por Decreto N° 01/2024;
Que ha tomado debida intervención la Dirección de Recursos Humanos y la Asesoría Letrada de la Institución Policial;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
D E C R E T A :
Artículo 1°: Reubícase a partir de la fecha del presente decreto a la Oficial Subinspector Fabiola Mariángeles PAZ AGÜERO (D.N.I. N° 35.476.239 - Clase 1990), de la Agrupación Comando - Escalafón General a la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia.
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad y Justicia- SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración de Policía - Actividad 1 - Conducción y Administración de Policía. Ejercicio 2024.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y Justicia, y de Gobierno.
Artículo 4°: Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO N° 1301