RAWSON 18 SEP 2024
VISTO:
El Expediente N° 1122 - M.D.H. - 2024; y
CONSIDERANDO:
Que por . el Expediente citado en el Visto, se gestiona designar al señor Lucas Martín CASTRO, en el cargo Director de Asistencia Social - Categoría 18 Clase I - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa - Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el cargo Director de Asistencia Social se encuentra vacante según Resolución N° IV 45/23, de fecha 20 de abril de 2023, mediante la cual se acepta la renuncia interpuesta por la agente Carola Marina JONES al cargo Directora de Asistencia Social;
Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento y remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 764;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289 y Ley II N° 298, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que la Dirección General de Personal y Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Humano, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano, ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Designar a partir de la fecha del presente decreto, al señor Lucas Martín CASTRO (D.N.I. N° 30.883.603 - Clase 1983) en el cargo Director de Asistencia Social - Categoría 18 - Clase I - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa - Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Humano, según lo expuesto en los considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano SAF 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - Programa 3 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social Ejercicio 2024.- .
Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretario de Estado en el Departamento del Ministerio de Desarrollo Humano y por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1379/2024