RAWSON, 1 7 OCT 2024
VISTO:
El Expediente N° 3540-SIEyP-2024; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289;
Que mediante Ley II N° 298 se incrementó el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2024;
Que por el Expediente N° 3540-SIEyP-2024, la Unidad Ejecutora Provincial, solicita una transferencia de crédito del SAF 88 al SAF 33 en la fuente de financiamiento 4.99, a fin de efectuar las imputaciones correspondientes a) Programa de Servicios Agrícolas Provinciales del Proyecto de Mejoramiento del Servicio Provincial de manejo del Fuego para la Prevención de Incendios Forestales en el Noroeste del Chubut. Asimismo, solicita la transferencia de crédito presupuestario del SAF 33 al SAF 88 en la fuente de financiamiento 3.68, a fin de imputar los certificados de Obra “Construcción módulo Espejo de monitoreo - Trelew’’ Proyecto de Mejoramiento del Servicio Provincial de manejo del Fuego para la Prevención de Incendios Forestales en el Noroeste del Chubut;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 2, inciso d) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; asimismo, cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2024, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 88 - SAF Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación y en la Jurisdicción 30, S.A.F. 33 - SAF Unidad Ejecutora Provincial M.E., de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° l a 4, que forman parte del presente decreto.
Artículo 2°. Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.
Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archivese.
DECRETO N° 1484
Planillas Anexas Ver en el Decreto Original