RAWSON,17 OCT 2024

VISTO:
El Expediente N° 2238/24-MP, los Decretos N° 1304/78, N° 1232/00, N° 2424/04; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, la Subsecretaría de Agricultura y Ganadería dependiente del Ministerio de Producción, tramita el otorgamiento de un subsidio por la suma de PESOS DIECISÉIS MILLONES CIENTO NOVENTA MIL ($16.190.000.-), a favor del Consor­cio de Riego Molino Andes, CUIT N° 30-71445306-4;
Que a fojas 02 consta Nota N° 443/24-SsAyG de la Subsecretaría de Agricultura y Gana­dería, mediante la cual solicita se viabilice el pedido realizado por el Consorcio de Riego Molino Andes destinado a la limpieza total y reparación de los canales de riego y sus bocatomas, obrando al pie de la misma autorización de la Ministra de Producción;
Que a fojas 03/5, obra nota del Consorcio de Riego Molino Andes, mediante la cual eleva proyecto de limpieza de los canales de riego del Valle 16 de Octubre de Trevelin y solicita subsidio para realizar los trabajos pertinentes, argumentando que la limpieza de los canales no se ha efectuado en mucho tiempo por falta de presupuesto, quitándole así su capacidad de conducir los caudales suficientes;
Que a fojas 27 corre agregada la imputación preventiva del gasto;
Que a fojas 29/30 el Tribunal de Cuentas informa que el Consorcio de Riego Molino An­des y su presidente, señor Edmundo JONES, DNI N° 11.779.646, no registran subsidios otorgados pendientes de rendición;
Que el presente trámite se encuadra en lo prescripto por el Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios, Decretos N° 1232/00 y 2424/04;
Que la Dirección General de Asuntos Legales y la Dirección General de Administración del Ministerio de Producción han tomado intervención;
Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;

PORELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Otórgase un subsidio en los términos del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00 y 2424/04, por la suma de PESOS DIECISÉIS MILLONES CIENTO NOVENTA MIL ($16.190.000), a favor del Consorcio de Riego Molino Andes, CUIT N° 30- 71445306-4, en la persona de su presidente, señor Edmundo JONES, DNI N° 11.779.646, para la limpieza total y reparación de los canales de riego del Valle 16 de Octubre de Trevelin y sus boca­ tomas.
Artículo 2°. Autorizase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Producción a transferir la suma detallada en el artículo precedente.
Artículo 3°. De acuerdo a lo prescripto por el Decreto N°1304/78, el presidente del Consorcio de Riego Molino Andes, señor Edmundo JONES, DNI N° 11.779.646, será el responsable de los fondos otorgados, y dispondrá de un plazo de SESENTA (60) días para su utilización en el objeto para el cual fueran asignados y de SESENTA (60) días para su rendición por ante el Tribunal de Cuentas Provincial, con remisión de copia a la Dirección General de Administración del Ministe­rio de Producción.
Artículo 4°. Los importes no utilizados deberán ser reintegrados, mediante cheque, giro o depósito en la cuenta N° 500008/9 del Banco del Chubut S.A., a la orden de la Tesorería General de la Pro­vincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Artículo 5°. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará con cargo a la Jurisdicción 1.67 - SAF 67 - Programa 01 - Actividad 01 - I.P.P. 5-1-8 - Fuente de Financia­ miento 1.11 - Ejercicio 2024.
Artículo 6°. El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en lós Departamentos de Producción y de Gobierno.
Artículo 7°. Regístrese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido,
archívese.

DECRETO N°1498/2024