RAWSON,23 OCT 2024

VISTO:
El Expediente N° 2208- SGG- SIP-2024-; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se solicita reconocer los servicios efectivamente prestados por la agente María Valeria Pugh, a cargo de la Dirección de Promoción y Formación Artística - Nivel I - Categoría 18- Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de Dirección General de Artes y Promoción Cultural - Subsecretaría de Cultura - Secretaría General de Gobierno, a partir del día 17 de Julio del 2024 y hasta la fecha del presente decreto;
Que además se propone designar a cargo de la Dirección de Promoción y Formación Artística, dependiente de la Dirección General de Artes y Promoción Cultural - Subsecretaría de Cultura - a la agente María Valeria Pugh, quien revista en el cargo Oficial Superior Administrativo- Código 3-001- Nivel I - Categoría 14 - Planta Temporaria de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales, ambos cargos de la Secretaría General de Gobierno a partir de la fecha del presente decreto;
Que se deberá abonar a la agente María Valeria Pugh, la diferencia salarial entre su cargo de revista Oficial Superior Administrativo - Código 3-001-Nivel I - Categoría 14- Planta Temporaria de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial - Subsecretaría de Relaciones Institucionales- y el cargo de la Dirección de Promoción y Formación Artística - Nivel I - Categoría 18- Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de Dirección General de Artes y Promoción Cultural - Subsecretaría de Cultura, ambas de la Secretaría General de Gobierno, por aplicación del artículo 105 de la Ley I N°74;
Que el cargo se encuentra vacante mediante Resolución V N° 304/2024;
Que la agente María Valeria Pugh, cumple con los requisitos exigidos para ocupar el cargo;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282 modificado por la Ley
II - N° 289 y Ley II N° 298, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que es facultad del Ministro Secretario de Estado, nombrar y remover al personal a su cargo, según lo dispuesto en el articulo 4, punto 12, de la Ley I N° 764;
Que la Dirección General de Administración de Personal y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno, han tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Reconocer los servicios efectivamente prestados por la agente María Valeria Pugh (DNI N° 28.682.248 - Clase 1981) quien revista en el cargo Oficial Superior Administrativo- Código 3-001- Nivel I - Categoría 14 - Planta Temporaria a cargo de la Dirección de Promoción y Formación Artística dependiente de la Dirección General Artes y Promoción Cultural Subsecretaría de Cultura- Secretaría General de Gobierno, a partir del día 17 de Julio de 2024 y hasta la fecha del presente decreto.
Artículo 2°. Designar a partir de la fecha del presente decreto a la agente María Valeria Pugh (DNI N° 28.682.248 - Clase 1981) quien revista en el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001- Nivel I - Categoría 14 - Planta Temporaria de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial a cargo de la Dirección de Promoción y Formación Artística - Clase I - Categoría 18- Agrupamiento Personal Jerárquico dependiente de la Dirección General de Artes y Promoción Cultural- Subsecretaría de Cultura - ambos cargos de la Secretaría General de Gobierno.
Artículo 3°. Abonar la diferencia salarial a la agente María Valeria Pugh (DNI N° 28.682.248 Clase 1981) entre su cargo de revista Oficial Superior Administrativo - Código 3-001- Nivel I - Categoría 14- Planta Temporaria de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial - Subsecretaría de Relaciones Institucionales- y el cargo de la Dirección de Promoción y Formación Artística -Clase I - Categoría 18- Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de Dirección General de Artes y Promoción Cultural - Subsecretaría de Cultura, ambos cargos de la Secretaría General de Gobierno, por aplicación del articulo 105 de la Ley I N° 74.
Artículo 4°. El gasto que demande el presente decreto, se imputará en la Jurisdicción 10- Secretaría General de Gobierno - SAF: 14 - Subsecretaría de Cultura - Programa 28 - Acción Cultural - Actividad 1 - Fortalecimiento y Construcción de Políticas Culturales - Ejercicio 2024.
Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 6°. Regístrese, comuniquese, notifíquese y cumplido, archívese.

DECRETO 1538/2024