Rawson, 04 NOV 2024
VISTO;
El Expediente N° 001578/2024-MTyAP; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de un aporte económico por la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000,00) a favor de la Municipalidad de Camarones, en el marco del 124° aniversario de la Localidad celebrado el 10 de octubre del 2024;
Que a fojas 02 obra Nota de la Intendente de la Localidad de Camarones, por la cual solicita un aporte económico por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000,00) destinado a la compra de pintura de exterior, adquisición de materiales y contratación de profesionales para la realización de las obras de pintura, la renovación de fachadas de viviendas emblemáticas del patrimonio cultural, contribuyendo a conservar la identidad de Camarones preservando su aspecto arquitectónico y fachadas históricas, para seguir exponiéndolo como un lugar de atracción turística;
Que de fojas 03 a 05 corren agregadas copia de DNI y Certificado de Alimentantes Morosos de la intendente Municipal señora LOYOLA Claudia Alejandra;
Que de fojas 06 a 12 corre agregada copia del Acta N° 711 de designación de autoridades y datos de la cuenta corriente de la Municipalidad de Camarones;
Que el aporte comprometido se otorga en el marco de lo estipulado por el Decreto N°1304/78 y sus modificatorios;
Que la carga de rendir los fondos otorgados en carácter de subsidio recae exclusivamente sobre el beneficiario del aporte económico y resulta fundamental a efectos de recibir nuevos
aportes;
Que el gasto que demande el cumplimiento de la presenté se encuadra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 282 modificada por la Ley N° 289, prorrogada por Decreto N° 01/24;
Que la presente se emite en el marco de las misiones y funciones encomendadas al Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas conforme la Ley I N° 764 y Decreto N° 101/20 que aprueba su estructura Orgánico-Funcional; Que a fojas 14 obra reserva preventiva N° 527466 del año en curso;
Que a fojas 17 obra la correspondiente autorización del Subsecretario de Coordinación y Enlace a cargo de la Secretaria General de Gobierno;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas;
Que la Asesoría General de Gobierno a tomado intervención en el presente tramite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. OTORGUESE un subsidio en los términos del Decreto N° 1304/78 modificado por los Decretos N° 1232/00 y N° 2424/04 por la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000,00) a favor de la Municipalidad de Camarones, en la persona de su Intendente, señora Claudia Alejandra LOYOLA, (D.N.I N° 28.852.167), destinado a la compra de pintura de exterior, adquisición de materiales y contratación de profesionales para la realización de las obras de pintura, la renovación de fachadas de viviendas emblemáticas del patrimonio cultural, contribuyendo a conservar la identidad de Camarones preservando su aspecto arquitectónico y fachadas históricas, para seguir exponiéndolo como un lugar de atracción turística, en el marco del 124° Aniversario de dicha localidad.
Artículo 2°. AUTORÍCESE al servicio administrativo del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas a hacer efectivo el pago de la suma total de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000,00), correspondientes al aporte a la Municipalidad de Camarones.
Artículo 3°. El gasto que demanda el cumplimiento del presente decreto se imputará en la Jurisdicción / SAF: 80 - Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - Programa: 01 - Conducción y Administración del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas / Actividad: 01 - Conducción y Administración del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas / Inciso: 5 / Partida Principal: 7 / Partida Parcial: 6 - Fuente de Financiamiento: 1.11 - Rentas Generales - Ejercicio: 2024.
Artículo 4°. El Municipio de Camarones deberá invertir los fondos dentro de los treinta (30) días de recepcionados y rendirlos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión.
Artículo 5°. El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Turismo y Áreas Protegidas, Economía y Gobierno.
Artículo 6°. Regístrese, comuniqúese, y cumplido archívese.-
DECRETO N° 1664