Rawson, 04 NOV 2024
VISTO:
El Expediente N° 1770/24 - SS; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se gestiona la incorporación como personal mensualizado del señor CAYUQUEO, Lucas Mauricio en el cargo Agolpamiento C — Clase II - Grado I — Categoría 4, con 30 horas semanales de labor, conforme a lo previsto en el artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 - STR, para cumplir funciones como Administrativo en Nivel Central dependiente de la Secretaría de Salud, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2024;
Que el señor Secretario de Salud propone la incorporación del señor CAYUQUEO, Lucas Mauricio para desempeñarse en Nivel Central dependiente de la Secretaría de Salud;
Que el trámite se encuentra contemplado por el artículo 133° del Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado, por Resolución N° 164/13-STR;
Que de acuerdo a lo informado a fojas 54, el Departamento Provincial de Sueldos de la Secretaría de Salud informó el análisis de costos;
Que no existen impedimentos legales ni formales para acceder a lo solicitado;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282, modificado por la Ley II N° 289 y Ley II N° 298, prorrogado por Decreto N° 01/24;
Que ha tomado intervención el Departamento Provincial Altas y Bajas de la
Secretaría de Salud;
Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoría Legal dependiente de la Secretaría de Salud;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Mensualízase al señor CAYUQUEO, Lucas Mauricio (DNI N° 39.440.020 - Clase 1996) en el cargo Agrupamiento C - Clase II - Grado I - Categoría 4, con 30 horas semanales de labor, conforme a lo previsto en el artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 - STR, para cumplir funciones como Administrativo en Nivel Central dependiente de la Secretaría de Salud, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2024.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se imputará en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - SAF 70 - Secretaría de Salud Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Salud - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Salud - Ejercicio 2024.
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.
Artículo 4°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido,
ARCHIVESE.
DECRETO N° 1668