Rawson, 04 NOV 2024
VISTO:
El Expediente N° 1968-EC-2024; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289; Que mediante Ley II N° 298 se incrementó el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2024;
Que por el Expediente N° 1968-EC-2024, la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, solicita modificación presupuestaria en la Fuente de Financiamiento 4.40, a efectos de imputar certificados de obra en ejecución;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 13, apartado 2, inciso a ) y d) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas, y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados; así como a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; asimismo, cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2024, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 88 - SAF Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente decreto.
Artículo 2°. Comuniqúese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.
Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 4°. Regístrese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archívese.
DECRETO N° 1667
Planilla Anexa N° 1
Modificación Presupuestaria N° 34749
Compensación - Ejercicio 2024
Compensación sobre Gastos: 1.08.088
Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación
Partida
1. Origen: Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación
29.01.24.001.4,2.1.01.4.40
AO: Edificio Escuela N° 7727 Etapa 1 - El Hoyo - - FinFun: 3.4.6 -C.Eco : 2.2 29.02:01.001.4.2.1.01.4.40
AO: Refacc. y Ampliación Hospital Zonal Esquel - FinFun: 3.1.1 -C.Eco : 2.2
Total: 2. Destino: Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación
29.05.01.004.3.3.1.01.4.40
AO: Edificios de la Administración Pública - C. Virch - Valdes - FinFun: 1.3.1 - C.Eco : 2.2 29.05.01.004.4.3.7.01.4.40
AO: Edificios de la Administración Pública - C. Virch - Valdes - FinFun: 1.3.1 - C.Eco : 2.2
Monto
-$ 57.000.000,00
-$ 112.533.400,00
-$ 169.533.400,00
$ 166.897.000,00
$ 2.636.400,00
Total: $ 169.533.400,00