RAWSON, 15 NOV 2024
VISTO:
El Expediente N° 2052/24-MP; y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el Visto, se tramita tanto la aceptación de la renuncia del señor Gustavo Adolfo Curumilla Curumilla, a cargo de la Dirección Regional Delegación Sur dependiente de la Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción perteneciente al Ministerio de Producción a partir del día 01 de agosto de 2024, como así también la designación de la señora Daiana Anahí Ramos a cargo de la precitada Dirección, a partir de la fecha del presente decreto;
Que resulta necesario reconocer la prestación útil de los servicios efectivamente prestados por la señora Daiana Anahí Ramos, en la Dirección Regional Delegación Sur dependiente de la Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción perteneciente al Ministerio de Producción, desde el día 01 de agosto de 2024 y hasta la fecha del presente decreto, abonando las sumas correspondientes a los mismos;
Que a fojas 13 consta la renuncia del señor Gustavo Adolfo Curumilla Curumilla a partir del 01 de agosto de 2024;
Que a fojas 26 la Directora de Administración Contable del Ministerio de Producción informa que el señor Gustavo Adolfo Curumilla Curumilla no posee bienes a su cargo;
Que a fojas 28 la Dirección General de Sumarios dependiente de la Asesoría General de Gobierno, informa que el señor Gustavo Adolfo Curumilla Curumilla, no registra antecedentes
sumariales;
Que a fojas 20 la Dirección General de Sumarios dependiente de la Asesoría General de Gobierno, informa que la señora Daiana Anahí Ramos, no registra antecedentes sumariales; Que la señora Daiana Anahí Ramos reúne los requisitos necesarios para acceder y ocupar el
aludido cargo;
Que no existen impedimentos legales ni reglamentarios para que se proceda a designar a la señora Daiana Anahí Ramos a cargo de la precitada Dirección, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobada por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24, modificada por Ley II N° 298;
Que el presente decreto se dicta en el marco de lo dispuesto en la Ley I N° 764;
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Producción han tomado intervención,
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado debida intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°. Aceptar, a partir del día 01 de agosto de 2024, la renuncia interpuesta por el señor Gustavo Adolfo Curumilla Curumilla (DNI N° 18.830.788- Clase 1978), a cargo de la Dirección Regional Delegación Sur dependiente de la Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción perteneciente al Ministerio de Producción.
Artículo 2°. Reconocer la prestación útil de los servicios efectivamente realizados por la señora Daiana Anahi Ramos, en la Dirección Regional Delegación Sur dependiente de la Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción perteneciente al Ministerio de Producción, desde el día 01 de agosto de 2024 y hasta la fecha del presente decreto, abonando las sumas correspondientes
a los mismos.
Artículo 3°. Designar a partir de la fecha del presente decreto a la señora Daiana Anahí Ramos (DNI N° 35.383.977 - Clase 1990), a cargo de la Dirección Regional Delegación Sur dependiente de la Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción perteneciente al Ministerio de Producción.
Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción: 67 - Ministerio de Producción -SAF: 101 - Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción - Programa: 20 - Conducción y Administración Senguer San Jorge - Actividad: 1- Conducción y Administración Senguer San Jorge - Ejercicio 2024.
Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Producción y de Gobierno.
Artículo 6°. Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese.

DECRETO N° 1738