LEY I N° 795
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°. Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco suscripto entre la Dirección Nacional de Vialidad, representada por su entonces Administrador General, Ing. Raúl E. BERTOLA, y la Administración Provincial de Vialidad de Chubut, representada por su Administrador General, CPN Hernán J. TORTOLA, y en presencia del Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut, Lic. Ignacio A. TORRES, celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 26 de junio de 2024, protocolizado al Tomo 4, Folio 195, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, el 28 de octubre de 2024; suscripto con el objeto de concretar la AUTOVÍA MADRYN-TRELEW.
Artículo 2°. Exímase del pago del impuesto de sellos el convenio que se aprueba con la presente ley.
Artículo 3°. LEY GENERAL. Comuniqúese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.

Rawson, 20 NOV 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a aprobar en todos sus términos el Convenio Marco suscripto entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Administración Provincial de Vialidad Provincial, celebrado el día 26 de junio de 2024, protocolizado al Tomo 4, Folio 195, del Registro de Contratos de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 7 de noviembre de 2024, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el Artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: I N° 795
Cúmplase, comuniqúese y oportunamente publíquese en el Boletín Ofícial.-
DECRETO N° 1746