RAWSON, 26 NOV 2024
VISTO:
El Expediente N° 1251/24 - y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto se tramita la baja por fallecimiento de la agente Carmona, María Leandra con funciones en el Hospital Zonal Puerto Madryn dependiente de la Dirección Provincial Unidad de Gestión Descentralizada Zona Norte de la Secretaría de Salud, en el cargo Agrupamiento D — Clase III - Grado V — Categoría 7, con 30 horas semanales de labor, Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 STR, a partir del día 25 de junio de 2024;
Que se debe abonar a los derechohabientes, los sueldos correspondientes al mes en que se produjo el deceso y el subsiguiente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 de la Ley I N° 74 y Decreto Reglamentario N° 1330/81;
Que conforme surge a fojas 06, la mencionada agente tiene pendiente de usufructo veinticinco (25) días de licencia anual reglamentaria correspondientes al año 2023 y trece (13) días de licencia anual reglamentaria correspondientes al año 2024, los que se deberán abonar de acuerdo a lo establecido en el artículo 110 inciso e) del Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 STR; Que el presente se dicta en el marco de las facultades de la Ley I N° 764;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobada por la Ley II N° 282, modificada por la Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24, modificada por Ley II N° 298;
Que ha tomado intervención el Departamento Provincial Altas y Bajas de la Secretaría de
Salud;
Que ha tomado intervención la Dirección General Asesoría Legal de la Secretaría de
Salud;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría de General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;

POR ELLO:
LA SECRETARIA DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1°. Dar de baja por fallecimiento a la agente Carmona, María Leandra (DNI N° 22.976.406 - Clase 1972) en el cargo Agrupamiento D - Clase III - Grado V - Categoría 7, con 30 horas semanales de labor, Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 STR, con funciones en el Hospital Zonal Puerto Madryn dependiente de la Dirección Provincial Unidad de Gestión Descentralizada Zona Norte de la Secretaría de Salud, a partir del día 25 de junio de 2024.
Artículo 2°. Liquidar a los derechohabientes, los sueldos correspondientes al mes en que se produjo el deceso y el subsiguiente, conforme lo establecido en el artículo 26 de la Ley I N°74 y Decreto Reglamentario N° 1330/81, como así también, veinticinco (25) días de licencia anual reglamentaria correspondientes al año 2023 y trece (13) días de licencia anual reglamentaria correspondientes al año 2024, de acuerdo a lo establecido en el artículo 110 inciso e) del Convenio Colectivo de Trabajo N° 12/13 de la Secretaría de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 STR.
Artículo 3°. El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se imputará en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud — SAF 73 - Hospital Zonal de Puerto Madryn - Programa 20 - Atención Medica Hospital Puerto Madryn - Actividad 1 - Atención Medica Hospital Puerto Madryn - Ejercicio 2024.
Artículo 4°. La presente Resolución será refrendada por el señor Subsecretario de Hospitales.
Artículo 5°. Regístrese por la Secretaría General de Gobierno, comuniqúese a la Dirección General de Administración de Personal, notifíquese, vuelva al organismo oficiante y cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN XXI N° 368