RAWSON, 09 DIC 2024
VISTO:
El Expediente N° 2357/2024-SGG; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto, se solicita dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento Articulación y Relaciones Institucionales - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, de la Dirección de Coordinación Institucional - Dirección General Casa del Chubut - Secretaría General de Gobierno, otorgada mediante Decreto N° 1210/18, a la agente Lucrecia Carolina Simón, quien revista en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la citada Dirección General, a partir de la fecha del presente decreto;
Que asimismo se solicita designar a cargo del Departamento Articulación y Relaciones Institucionales - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, de la Dirección Coordinación Institucional - Dirección General Casa del Chubut - Secretaría General de Gobierno, al agente Marcos Daniel Areco, quien revista en el cargo Ordenanza "B" - Código 1-017 - Clase VI - Categoría 2 - Agrupamiento Personal de Servicios - Planta Permanente, dependiente de la citada Dirección General, a partir de la fecha del presente decreto;
Que asimismo, se deberá abonar la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el cargo Jefe de Departamento Articulación y Relaciones Institucionales, en la medida que desempeñe las funciones asignadas, al agente Marcos Daniel Areco, de acuerdo a lo establecido por el artículo 105° de la Ley I N° 74, reglamentado por el artículo 1*, Punto II - apartado 2 de) Decreto N° 116/82, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el presente se dicta en el marco de las facultades conferidas por la Ley I N° 764;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282 nodificado por la Ley II - N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24 y modificada Ley II - N° 298;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, interviene en el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, y la Dirección General de Asesoría Legal, ambas de la Secretaría General de Gobierno, han tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento Articulación y Relaciones Institucionales - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, de la Dirección Coordinación Institucional ~ Dirección General Casa del Chubut - Secretaría General de Gobierno, otorgada mediante Decreto N® 1210/18, a la agente Lucrecia Carolina Simón (DNI N® 38.046.231 - Clase 1994), quien revista en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la citada Dirección General, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°. Designar a cargo del Departamento Articulación y Relaciones Institucionales - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, de la Dirección de Coordinación Institucional - Dirección General Casa del Chubut - Secretaría General de Gobierno, al agente Marcos Daniel Areco (DNI N° 33.199.602 - Clase 1987), quien revista en el cargo Ordenanza "B" - Código 1- 017 - Clase VI - Categoría 2 - Agrupamiento Personal de Servicios - Planta Permanente, dependiente de la citada Dirección General, a partir de la fecha del presente decreto. -
Artículo 3°. Abonar la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el cargo Jefe de Departamento Articulación y Relaciones Institucionales, en la medida que desempeñe las funciones asignadas, al agente Marcos Daniel Areco (DNI N° 33.199.602 - Clase 1987), de acuerdo a lo establecido por el artículo 105’ de la Ley I N° 74, reglamentado por el artículo 1°, Punto II - apartado 2 del Decreto N° 116/82, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la Jurisdicción 10 - Secretaría Genera! de Gobierno - S.A.F. 11
- Casa del Chubut - Programa 20 - Representación de la Provincia - Actividad 1
- Representación Oficial - Ejercicio 2024.-
Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 6°. Regístrese, comuníquese, notifíquese y cumplido, archívese.-
DECRETO N° 1795